STSJ Comunidad de Madrid , 21 de Enero de 2000

PonenteANTONIA DE LA PEÑA ELIAS
ECLIES:TSJM:2000:610
Número de Recurso4/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Proc, Sra. Hijosa Martínez Proc. Sr. Rodríguez Montaut. Ref. 33770 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO Nº 4 de 1997 PONENTE Sra Mª Antonia de la Peña Elías SENTENCIA Nº 53 Presidente Ilmo.. Sr. Enrique Calderón de la Iglesia Magistrados Ilmos. Sres. Juan Ignacio González Escribano Dª. Mª Antonia de la Peña Elías En Madrid a veintiuno de enero de dos mil. Visto por la Sala del margen el recurso nº 4 de 1997 interpuesto por la Procuradora Sra. Hijosa Martínez en representación de la "Fundación Apóstol Santiago" contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid de 12 de noviembre de 1996 que en reposición confirmó la liquidación que por importe de 7.138.403 pts le fue girada en concepto de impuesto de bienes inmuebles en adelante- IBI, correspondiente al ejercicio de 1990 y a la finca urbana de su propiedad situada en la CALLE000 , nº NUM000 de Madrid; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador Sr. Rodríguez Montaut.

La cuantía del recurso es de 7.1138.403 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 3 de enero de 1997 contra el antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos, declarando extinguida la liquidación tributaria impugnada.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Denegado el recibimiento a prueba, se dio traslado a las partes sucesivamente para conclusiones, quienes las evacuaron en sendos escritos en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 20 de enero de 2000 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada lima. Sra. Dª. Mª Antonia de la Peña Elías.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La "Fundación Apóstol Santiago" impugna en este recurso la resolución del Ayuntamiento de Madrid de 12 de noviembre de 1996 que en reposición confirmó la liquidación por importe de 7.138.403 pts que le fue girada a la entidad recurrente en concepto de IBI correspondiente al ejercicio de 1990 y a la finca de su propiedad situada en la CALLE000 nº NUM000 de Madrid.

SEGUNDO

La entidad demandante pretende que se deje sin efecto la liquidación mencionada alegando en esencia: 1) que había recurrido en su día ante el Tribunal la liquidación correspondiente al ejercicio de 1990 y a la finca en cuestión por falta de notificación del valor catastral y obtuvo sentencia estimatoria de 13 de diciembre de 1994. Con posterioridad en ejecución de la misma el Catastro le notificó el correspondiente valor catastral el 17 de marzo de 1995 y el Ayuntamiento practicó la liquidación correspondiente por idéntica cuantía el 12 de agosto del año siguiente; 2) que el derecho del Ayuntamiento de Madrid a practicar una nueva liquidación el 12 de agosto de 1996 había prescrito por el transcurso del término legal de 5 años del Art. 64 de la Ley General Tributaría , computado a partir del devengo del impuesto que coincide con el primer día del periodo impositivo y con el primer día del año natural (Art. 65 de la misma Ley), y se desprendía del Art. 1.1. de...

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