STSJ Murcia 96/2008, 31 de Enero de 2008

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2008:252
Número de Recurso2470/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución96/2008
Fecha de Resolución31 de Enero de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MURCIA SALA CON/AD

MURCIA

SENTENCIA: 20096/2008

RECURSO nº. 2.470/03

SENTENCIA nº. 96/08

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCIÓN SEGUNDA

compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech

Presidente

Dª Leonor Alonso Díaz Marta

D. Joaquín Moreno Grau

Magistrados

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA nº 96/08

En Murcia, a treinta y uno de enero de dos mil ocho.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº. 2.470/03, tramitado por las normas ordinarias, con una cuantía de 16.000 pesetas y referido a: sanción tributaria por presentación de declaración fuera de plazo.

Parte demandante:

Dña. Eva, representada por el Procurador D. José Miras López y dirigida por la Letrada Dña. Eva.

Parte demandada:

La Administración del Estado, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 30 de diciembre de 2002 desestimatoria de la reclamación económico administrativa NUM000 presentada contra desestimación del recurso de reposición planteado contra acuerdo de 29 de mayo de 2001 de la Dependencia de Gestión de la AEAT, Delegación de Murcia, por el que se impone una sanción tributaria por la comisión de una infracción consistente en la presentación fuera de plazo de la declaración trimestral de IVA del tercer trimestre de 2000.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se declare la nulidad de la resolución impugnada.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 1-9-03, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada ha solicitado la desestimación de la demanda por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 25-1-08.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La resolución impugnada desestimó la reclamación económico administrativa NUM000 presentada contra desestimación del recurso de reposición planteado contra acuerdo de 29 de mayo de 2001 de la Dependencia de Gestión de la AEAT, Delegación de Murcia, por el que se impone una sanción tributaria por la...

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