STSJ Galicia , 2 de Abril de 2004

PonenteJOSE ELIAS LOPEZ PAZ
ECLIES:TSJGAL:2004:2494
Número de Recurso1082/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Social

Recurso Nº 1.082/04.- EPG. ILMO.SR.D. ANTONIO GONZÁLEZ NIETO PRESIDENTE ILMO.SR.D. ANTONIO J. OUTEIRIÑO FUENTE ILMO.SR.D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ En A CORUÑA, a DOS de ABRIL de DOS MIL CUATRO.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente sentencia En el Rollo nº 1.082/04, comprensivo de recursos de suplicación respectivamente interpuestos por el Letrado D. Ricardo López Mosteiro, en nombre y representación de D. Manuel , y por el MINISTERIO FISCAL, contra sentencia del Juzgado de lo Social Nº Dos de los de Ourense, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ. Antecedentes de hecho

PRIMERO

Que según consta en autos nº 883/03 se presentó demanda por D. Manuel , sobre TUTELA DERECHOS FUNDAMENTALES, frente a "ROBERTO VERINO DIFUSIÓN, S.A." y al MINISTERIO FISCAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 10 de diciembre de 2.003 por el Juzgado de referencia, que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- El actor, D. Manuel , viene prestando servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada " Bernardo profesional de DIRECCION001 del Departamento de Informática, Calidad y Organización y percibiendo un salario mensual de 3289,81 , incluida la parte proporcional de las pagas extras.= SEGUNDO.- En fecha 8 de septiembre pasado, el actor remitió a la empresa, por burofax, carta del siguiente tenor literal: "Muy Sres. míos: Como hemos hablado personalmente, les reitero mi petición de que respeten las condiciones laborales que en su día pactamos y que a pesar de las promesas, hasta la fecha no se han concretado.= Como bien saben ustedes, en su día se estableció que percibiría aumentos anuales de quinientas mil pesetas, partiendo de un salario de siete millones brutos en el año 2.000, además de dos millones de pesetas por año en opciones de compra de acciones de la empresa, partiendo de un valor de la misma de 6.000 millones de pesetas.= Hasta la fecha, a pesar de mis solicitudes, han dejado transcurrir el tiempo sin cumplir lo pactado, lo cual evidentemente me perjudica, no sólo salarialmente, sino en mi promoción profesional en esa empresa.= no se ha formulado reclamación por escrito debido a la relación de confianza existente y a la convicción de que respetarían el acuerdo alcanzado como ustedes prometieron; pero como veo que ello no se produce, de no recibir contestación positiva a mis reivindicaciones fijadas por ustedes y pactadas entre ambos, procederé en el plazo de cuatro días en vía judicial, en defensa de mis derechos.= En espera de sus noticias, les salud atentamente".= TERCERO.- En fecha 18 de septiembre pasado, el actor presentó papeleta de conciliación ante el SPMAC en reclamación de la cantidad de 32.370,20 en concepto de salarios, frente a la empresa demandada, celebrándose el acto de conciliación sin avenencia el 26 de septiembre de 2.003.= CUARTO.- En fecha 22 de septiembre la empresa demandada remitió al actor carta del siguiente tenor literal: "Estimado Sr. Manuel . Como le es de sobra conocido, se ha venido produciendo en la Compañía en las últimas fechas una reestructuración de los distintos departamentos de la misma con objeto de mejorar la productividad y rentabilizar todo lo posible sus recursos.= Desde su ingreso en la compañía y hasta la fecha ha venido desarrollando dentro de la misma sus funciones en el Departamento de Informática, Calidad y Organización.= Con la evolución de los distintos departamentos, así como con la orientación de los mismos en busca de un óptimo aprovechamiento de los recursos disponibles, tanto tecnológicos como humanos, la Dirección de la Compañía ha decidido distribuir las crecientes responsabilidades de su Departamento, por lo que desde el día de hoy pasará a ocuparse únicamente del Área de Calidad y Organización de su Departamento, manteniendo como hasta la fecha la Categoría del Jefe del mismo.= De igual modo, permanecen inalterados los restantes condicionantes de su relación laboral, por lo que mantiene tanto su salario estipulado como sus condiciones de trabajo.=

Respecto del Área de Informática, del que hasta la fecha venía usted ocupándose, pasará a ser supervisado por un nuevo miembro de la compañía, para el que le solicitamos su inestimable ayuda, con objeto que pueda familiarizarse con el puesto a la mayor brevedad posible en aras a una mejora en la productividad y funcionamiento de la Compañía.= Aprovechamos, de igual modo, para agradecerle la dedicación mostrada hasta ahora en su puesto y aprovechamos para enviarle un cordial saludo".= En fecha 26 de septiembre el actor remite carta a la empresa, en contestación a la indicada, en la cual le manifiesta que la decisión acordada se debe a una represalia por haber formulado una reclamación salarial.= QUINTO.- En fecha 16 de octubre pasado la empresa demandada entrega al actor comunicación escrita del siguiente tenor literal.=

"Sr. D. Manuel .= Muy Sr. mío: Sirva la presente para comunicarle que esta empresa se ve en la necesidad, por razones de organización y mejora de la productividad, de proceder al cambio del lugar en el que hasta el momento ha venido desarrollando su trabajo, a nuestras instalaciones de Verín, desde el próximo día 17 de noviembre.= Este traslado a otro centro de la compañía, se circunscribe a lo dispuesto en los artículos 5.20 y 40 del vigente Estatuto de los Trabajadores y a su vez dentro del poder de dirección de la empresa, haciendo constar que con esta medida la misma busca la mejora de la productividad, dada la situación de pérdidas reiteradas en el centro de Verín. Al mismo tiempo es necesario recuperar la certificación de calidad de la ISO 900 perdida este último año y asumir un error en su traslado con fecha 01/03/02 ya que provocó que el 2º centro en importancia de la Compañía por el número de personas que ocupa (45), quedó desatendido en la vertiente de organización y calidad, de la que usted es responsable y que tiene una especial incidencia en ese centro.= No se ha adoptado con anterioridad, debido a la responsabilidad que ejercía en el departamento de informática hasta el 22/09/03, lo que hacía inviable este traslado temporal al centro de trabajo ubicado en Verín.= A partir del día 17 de noviembre, prestará sus servicios en el centro de trabajo de Verín, calle Amaro Refojo, 12, en el horario del centro de trabajo 08:30 a 13:30 y de 15:00 a 18:00 de lunes a viernes. Las funciones a desarrollar serán equivalentes a las que ha venido ejerciendo hasta la fecha, centrándose en la realización del análisis y propuesta de planes de acción para corregir las desviaciones antes señaladas y que una vez aprobadas por la dirección de la Compañía serán ejecutadas por la dirección de logística".= Contra dicho traslado el actor formuló demanda por movilidad geográfica.=

En fecha 14 de noviembre la empresa le comunica por escrito las tareas a realizar durante su estancia temporal en Verín, carta que figura incorporada a autos, teniendo aquí su íntegro contenido por reproducido.= SEXTO.- En fecha 22 de octubre el actor recibe nueva comunicación escrita de la empresa del siguiente tenor litera: "Estimado señor Manuel : Comprobados los movimientos de su tarjeta de acceso nº NUM000 al centro de trabajo (calle Pontevedra, núms. 2-4. Parque Tecnológico de Galicia, 32900 Ourense) le recuerdo la obligación que tiene de fichar las entradas y salidas al mismo, así como cumplir el horario establecido: 08:30 a 16:45 con 30 minutos para comer".= SÉPTIMO.- En fecha 17 de noviembre el actor remite comunicación escrita a la empresa del siguiente tenor literal: "Muy Sres. míos: Después de instalarme en la sala de reuniones que me han asignado como puesto de trabajo en Verín, que no es adecuado como despacho para realizar un trabajo digno y después de recibir un ordenador por la tarde que ha instalado, les comunico que para realizar mi trabajo de DIRECCION001 de Calidad y Organización, es imprescindible una conexión a Internet ya que es la forma en que puedo acceder a: -Archivos de Office. Se encuentran en el servidor de la empresa, contienen información referente al sistema de calidad, etc. -Mi cuenta de correo electrónico de empresa. -El cuadro de Mando Integral, al que accedemos los directivos para el seguimiento de la marcha de la empresa. - El ERP corporativo, para consultas sobre incidencias de calidad, devoluciones, etc.= Además, la persona que se encuentra en centralita me ha indicado que debo de fichar, cuando en Verín ningún DIRECCION001 ha fichado nunca, como ha ocurrido conmigo cuando toda la empresa estaba en dicho centro de trabajo.= Por otro lado, el viernes 14 de diciembre de 2.003, al intentar entrar con mi tarjeta en el almacén de producto terminado por la tarde durante el horario de trabajo, me fue denegado el acceso. Probando posteriormente la tarjeta en otros accesos en los que hasta el momento siempre pude acceder, el resultado fue el mismo. Les ruego me aclaren por qué sólo a mí me es denegado el acceso y por qué no se me ha comunicado.= Asimismo espero contestación a mi burofax de fecha 13 de noviembre de 2.003, en el que les pido que me habiliten fondos para los gastos de transporte y manutención.= En espera de sus noticias, les saluda atentamente".= Dicha carta fue contestada por la empresa por comunicación escrita de fecha 24 de noviembre de 2.003, la cual figura incorporada a autos, teniendo aquí su íntegro contenido por reproducido.= OCTAVO.- En fecha 7 de noviembre pasado el actor formuló demanda por reclamación de tutela de derechos fundamentales, que fue turnada a este Juzgado, dando lugar a los autos nº 883/03, tramitándose en este...

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