STSJ Cataluña , 12 de Diciembre de 2001

PonenteMARIA LUISA PEREZ BORRAT
ECLIES:TSJCAT:2001:15656
Número de Recurso2186/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SÉCCION CUÁRTA Recurso 2186/97 Partes: SOCIETAT MUNICIPAL D APARCAMENTES I SEREIS SA C/ TEARC S E N T E N C I A N° 1302/2001 Ilmos. Sres: :

-PRESIDENTE- D. MARÍA LUISA PEREZ BORRAT MAGISTRADOS D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS D. JOSÉ RAMÓN GIMÉNEZ CABEZÓN En la ciudad de Barcelona, a doce de diciembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

2186/97, interpuesto por SOCIETAT MUNICIPAL D APARCAMENTS I SERVEIS S.A., representado por el Letrado D. ANTONIO BALARI ZANOTTI, contra el TEARC, representado por el LETRADO DE LA GENERALITAT, siendo parte códemándada el DEPARTAMENT D ECONÓMIA I FINANCES representado por el LETRADO DE LA GENERALITAT Ha sido Ponente el Ilmo. Sr magistrado Dª. MARÍA LUISA PEREZ BORRAT, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Letrado D. ANTONIA BALARI ZANOTTI, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de 11-6-97 (rea 2149/95)

sobre impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objetó del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este proceso la resolución del TEAR de Cataluña de 11 de junio de 1997 que desestimó la reclamación económico-administrativa núm. 21149/95, confirmando el acuerdo dictado por la Delegación Territorial de Barcelona del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalidad de...

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