STSJ Castilla-La Mancha , 9 de Enero de 2003

PonenteJOSE ANTONIO MORENO MOLINA
ECLIES:TSJCLM:2003:77
Número de Recurso938/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 938/1999 GUADALAJARA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez Iltmo. Sr. D José Antonio Moreno Molina.

S E N T E N C I A Nº

En Albacete, a nueve de Enero de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 938 de 1.999 del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de "VIVEROS SÁNCHEZ, S.L.", representado por el Procurador Sr. Cuartero Peinado y defendido por el Letrado Sra. Gálvez Pantoja, contra la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, representada y dirigida por sus Servicios Jurídicos; en materia de adopción de medidas e indemnización. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Moreno Molina.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 21 de septiembre de 1.999 recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha 10 de junio de 1.999, por la que se desestimó el recurso ordinario entablado por la actora contra la resolución de la Dirección General de Producción Agraria, de fecha 30.11.98, la cual adoptó medidas de arranque y destrucción por el fuego de diversas plantas de las parcelas de cultivo de "Viveros Sánchez, S.L." afectadas por la enfermedad "fuego bacteriano". Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia que declarara la nulidad de las resoluciones recurridas. Segundo.- Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso. Tercero.- Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 18 de noviembre de 2002, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Impugna la actora la resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha 10 de junio de 1.999, por la que se desestimó el recurso ordinario entablado por la actora contra la resolución de la Dirección General de Producción Agraria, de fecha 30.11.98, la cual adoptó medidas de arranque y destrucción por el fuego de diversas plantas de las parcelas de cultivo de "Viveros Sánchez, S.L." afectadas por la enfermedad "fuego bacteriano". En concreto, la resolución de la Dirección General de Producción Agraria de fecha 30.11.98 adoptó la medida de arranque y destrucción por el fuego diversas plantas de las parcelas de cultivo de "Viveros Sánchez, S.L."; prohibió el cultivo o comercialización de la familia de las rosáceas susceptibles de padecer la enfermedad del fuego bacteriano en un área de 1,5 Km. de cualquier parcela que haya contenido en el último año alguna plantación de la familia citada; prohibió el movimiento del material vegetal de dicha familia de rosáceas en el interior del área de inmovilización; y estableció que todos los actos anteriormente descritos así como cualquier otro que efectuara Viveros Sánchez y demás entidades afectadas y que afectasen a estos géneros se deberán realizar en tiempo y forma bajo la supervisión de personal técnico adscrito a la Dirección General de Producción Agraria y/o a la Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente de Guadalajara. Segundo.- Por medio de...

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