STSJ Andalucía , 27 de Enero de 2003
Ponente | JUAN MANUEL CIVICO GARCIA |
ECLI | ES:TSJAND:2003:1278 |
Número de Recurso | 408/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 27 de Enero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA SECCIÓN PRIMERA ROLLO NÚM. 408/01 JUZGADO: ALMERÍA NÚM. DOS SENTENCIA NÚM. 30 DE 2.003 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:
D. Rafael Puya Jiménez Iltmos. Sres. Magistrados D. Juan Manuel Cívico García Dª. Mª Luisa Martín Morales
En la Ciudad de Granada, a veintisiete de enero de dos mil tres. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 408/01 dimanante del recurso contencioso-administrativo núm. 1.173/00, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de los de Almería, siendo parte apelante Dª. Luz , representada por la Procuradora Dª. Mª Alicia de Tapia Aparicio y dirigida por Letrado y parte apelada la CONSEJERÍA DE SALUD DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Letrado adscrito al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Almería, en fecha 3 de julio de 2.001, dicto sentencia en el recurso núm. 1.173/00 tramitado ante el mismo, en la que se acordaba desestimar el recurso. SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitido en un solo efecto por el Juzgado, se dió traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición, presentándose por la parte apelada escrito de impugnación de dicho recurso. TERCERO.- Elevadas las actuaciones a esta Sala se formó el oportuno rollo, se registró, se designó Ponente al Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Cívico García, y al no haberse solicitado prueba, ni vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.
Se interpone recurso de apelación contra la sentencia de 3 de julio de 2.001 del Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 2 de los de Almería, dictada en el marco del procedimiento ordinario nº 1173/00, en el que figuró como demandante Dª. Luz y como Administración recurrida la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía. En la referida sentencia se desestimó el recurso contencioso- administrativo interpuesto por la accionante contra la resolución desestimatoria presunta por la Dirección General de Farmacia y Conciertos de la Consejería antes mencionada, del recurso de alzada formulado contra resolución de 9 de Mayo de 2.000 de la Delegación Provincial de la misma en Almería, que denegó la autorización de apertura de una Oficina de Farmacia en la localidad de Huércal de Almería, en núcleo delimitado por la carretera nacional 340, la vía del ferrocarril, Rambla Calabaza y calle Molineta, al amparo del art. 3.1.b) del R.D. 909/78, de 14 de Abril. El recurso de apelación se interpuso por la demandante, que...
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