STSJ Aragón , 24 de Julio de 2000

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2000:2012
Número de Recurso559/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 559/1999 Sentencia número: 837/2000 MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a veinticuatro de julio de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.559 de 1999 (Autos núm. 203/1999), preparado por la parte demandante Dª María Inmaculada , Dª Consuelo , Dª Lidia , Dª Soledad , Dª Ariadna , D. Jesús Ángel , D. Ricardo , Dª Leticia , Dª Marí Juana Dª Clara , Dª Maribel , Dª Ana María , Dª Flora , Dª Yolanda , Dª

Estefanía , Dª Susana , Dª Elvira , Dª Valentina , Dª Flor , Dª María Teresa , Dª Marcelina , Dª Catalina , Dª

Teresa , Dª Lucía , Dª Cristina , Dª María Consuelo , Dª Paula , Dª Laura , Dª Elisa , Dª Carina , D. Alberto , Dª Angelina , Dª María Purificación , Dª María Milagros , Dª María Angeles , Dª María Inés , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, de fecha 12 de mayo de 1999, siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre reclamación de cantidad. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por la parte demandante Dª María Inmaculada y otros, contra la parte demandada INSALUD, sobre reclamación de cantidad; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número dos de Zaragoza, de fecha 12 de mayo de 1999, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por María Inmaculada , Consuelo , Lidia , Soledad , Ariadna , Jesús Ángel , Ricardo , Leticia , Marí Juana Clara , Maribel , Ana María , Flora , Yolanda , Estefanía , Susana , Elvira , Valentina , Flor , María Teresa , Marcelina , Catalina , Teresa , Lucía , Cristina , María Consuelo Paula , Laura , Elisa , Carina , Alberto , Angelina , María Purificación , María Milagros , María Angeles , María Inés contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD debo de absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1º. -Los actores reseñados en encabezamiento prestan servicios para el Insalud en el Hospital Clínico de Zaragoza, teniendo plaza en propiedad de auxiliares de enfermería, si bien en la actualidad se encuentra en situación especial en activo desempeñando plaza de ATS, a excepción de los actores señores Ricardo , Jesús Ángel y Alberto que tienen plaza en propiedad de celadores desempeñando en la actualidad en situación especial en activo plaza de ATS. Y Doña Angelina que teniendo plaza en propiedad de auxiliar de enfermería desempeña en situación especial en activo plaza de trabajadora social .

  1. . -Los actores que perciben la remuneración básica igual a la de los ATS, interpusieron reclamación previa ante el Insalud reclamando les fuera reconocido el derecho de percibir el abono de la antigüedad de cada uno en la situación especial en activo en la misma cuantía que la perciben los ATS. Siendo desestimada y habiendo quedado...

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