STSJ Murcia 26/2008, 25 de Enero de 2008
Ponente | LEONOR ALONSO DIAZ-MARTA |
ECLI | ES:TSJMU:2008:92 |
Número de Recurso | 499/2007 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 26/2008 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MURCIA SALA CON/AD
MURCIA
SENTENCIA: 00026/2008
ROLLO DE APELACIÓN nº 499/07
SENTENCIA nº 26/08
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA
SECCIÓN SEGUNDA
compuesta por los Ilmos. Srs.:
D. Abel Ángel Sáez Doménech
Presidente
Dª. Leonor Alonso Díaz Marta
D. Joaquín Moreno Grau
Magistrados
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA nº 26/08
En Murcia a veinticinco de enero de dos mil ocho.
En el rollo de apelación nº 499/07 seguido por interposición de recurso de apelación contra el Auto de 10 de mayo de 2007, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Murcia, recaído en la pieza de medidas cautelares 293/07, en cuantía indeterminada, figuran como parte apelante D. Tomás, representado por el Procurador Sr. Jiménez Cervantes Nicolás y dirigido por el Letrado Sr. Martínez Ruiz-Funes, y como parte apelada la Delegación del Gobierno de la Región de Murcia, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, sobre denegación de la suspensión de ejecución del acto impugnado que decide la expulsión del apelante del territorio nacional y la prohibición de entrada en el mismo por un periodo de cinco años.
Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. Leonor Alonso Díaz Marta, quien expresa el parecer de la Sala.
ÚNICO.- Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Murcia lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la Administración demandada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a la Sala, y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el 11 de enero de 2008.
El extranjero demandante en los autos del recurso contencioso-administrativo nº 293/07, ha interpuesto recurso de apelación frente al auto del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 6 de los de Murcia de fecha 10 de mayo de 2007 por el que no se accede a la suspensión de la ejecución del acto administrativo recurrido, que es la resolución del Delegado del Gobierno recaída en el expediente NUM000 que acordaba la expulsión del hoy apelante del territorio nacional prohibiéndole la entrada en España por un periodo de cinco años, al encontrarse irregularmente en territorio nacional por carecer de documentación expedida por las Autoridades Españolas que autorice su presencia en España, y ello al amparo del artículo 53 a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reformada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.
El auto apelado deniega la suspensión del acto impugnado solicitada por la parte recurrente por entender que, valorados los distintos intereses en conflicto, la ejecución del acto no hace perder su finalidad legítima al recurso (Art. 130 LJ ), en la medida de que puede denegarse la suspensión cuando de ella puede seguirse perturbación grave a los intereses generales. En el presente caso, además, dice la sentencia apelada, la estancia irregular en que se funda la expulsión lo es por estar indocumentado el recurrente, careciendo la pretensión que se deduce de la apariencia de buen derecho necesaria para acceder a la medida cautelar pedida.
La parte apelante alega como fundamento de su recurso de apelación que es evidente la apariencia de buen derecho que exige tanto la doctrina como la jurisprudencia...
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