STSJ Andalucía , 26 de Julio de 2002

PonenteFRANCISCO JAVIER VELA TORRES
ECLIES:TSJAND:2002:11381
Número de Recurso3/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Social

Rollo de Suplicación nº: 3-02 Sentencia nº : 1474-02 Presidente Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO Magistrados Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES En Málaga, a 26 de julio de dos mil dos. La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por Juan Miguel contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº de Melilla, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Juan Miguel sobre Resolucion Contrato siendo demandado Elisa y otro habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Mediante escrito presentado el 25/07/01 el representante de la parte demandada recurre en reposición el Auto de 13/07/01 dictado tras la vista sobre el Incidente de no readmisión y el mismo día presenta también escrito el representante de la parte actora recurriendo el mismo auto. Al siguiente día se dictó providencia acordando tener por interpuestos ambos recursos, dándo traslado respectivo a la parte contraria por plazo de cinco dias. Ambas partes han formulado dentro del plazo que les fue concedido, impugnación a los respectivos recursos, la parte demandada el 6/08/01 y la parte actora el 14/09/01.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandante, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Que contra el auto que desestima el recurso de reposición interpuesto contra un anterior auto dictado por el Juzgado de Instancia, por el que se declaraba no haber lugar a declarar la extinción de la relación laboral existente ente las partes y al abono de indemnización alguna al trabajador, interpone recurso de suplicación la representación del actor formulando un único motivo, al amparo de lo dispuesto en el apartado a) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, para solicitar la nulidad del auto recurrido y la reposición de las actuaciones al momento anterior a dictarla, por haberse infringido en la elaboración de dicha resolución normas o garantías del procedimiento que han producido indefensión, denunciando concretamente la infracción de los artículos 276 y 279 de la Ley de Procedimiento Laboral , 218 de ka Ley de Enjuiciamiento Civil y 24-1 de la Constitución. Alega el recurrente que la sentencia de instancia adolece del vicio de incongruencia, en cuanto no se pronuncia, ni en los hechos probados ni en la fundamentación...

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