STSJ Comunidad Valenciana 1061/2006, 16 de Junio de 2006

PonenteJOSE DE BELLMONT Y MORA
ECLIES:TSJCV:2006:3565
Número de Recurso1553/2005/
Número de Resolución1061/2006
Fecha de Resolución16 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V.

Sala Contencioso Administrativo

Sección Tercera

Asunto nº " Rollo 1553-05 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

En la Ciudad de Valencia, a 16 de junio de dos mil seis.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos.Srs. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente, MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO y D. MANUEL JOSE BAEZA DIAZ PORTALES, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 1061/06

En el recurso de apelación tramitado con el numero de rollo 1.553/2.005, en el que ha sido parte apelante la Administración del Estado, a través del Sr. Abogado del Estado, y parte apelada D. Pedro Francisco, no personado en esta instancia, siendo Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE BELLMONT MORA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos de recurso contencioso-administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de los de Castellón con el número 100/2.005, a instancias de D. Pedro Francisco contra la SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO en Castellón, con fecha 8 de junio de 2.005 recayó sentencia nº. 137/05, cuya parte dispositiva dice: " ESTIMAR el recurso Contencioso-Administrativo presentado por Pedro Francisco contra la Resolución de 10 de septiembre de 2004 dictada por el SUBDELEGADO DE GOBIERNO DE CASTELLÓN por la que se acuerda la expulsión, por procedimiento preferente al amparo del artículo 54.1.a) de la ley, del territorio nacional por un periodo de diez años, haciendo extensiva dicha prohibición a los países que se citan en la orden, DECLARANDO LA NULIDAD DE LA CITADA RESOLUCIÓN POR CONSIDERARLA CONTRARIA A DERECHO Y DECLARANDO LA MISMA LESIVA A DERECHOS Y LIBERTADES SUSCEPTIBLES DE AMPARO CONSTITUCIONAL, sin expresa imposición de costas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por la representación de la parte actora, en tiempo y forma, recurso de Apelación que fue admitido, dándose traslado a la contraparte que no formuló oposición.

TERCERO

Elevados los indicados autos a este Tribunal, y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo, se señaló para la votación y fallo el día 7 de junio de 2.006, en que tuvo lugar.

CUARTO

Se han cumplido en ambas instancias todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto esencial del presente recurso contencioso-administrativo la resolución de fecha 10 de septiembre de 2.004, dictada por la Subdelegación del Gobierno en Castellón, por la que se acuerda la expulsión del territorio nacional del actor, con prohibición de entrada en el mismo por un periodo de diez años, al amparo del artículo 54.1.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. La sentencia de instancia estima el recurso...

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