STSJ Comunidad de Madrid 820/2006, 16 de Mayo de 2006
Ponente | MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA |
ECLI | ES:TSJM:2006:4177 |
Número de Recurso | 659/2005 |
Número de Resolución | 820/2006 |
Fecha de Resolución | 16 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RAMON VERON OLARTEANGELES HUET DE SANDEJUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIUJOSE LUIS QUESADA VAREABERTA MARIA SANTILLAN PEDROSAMARGARITA ENCARNACION PAZOS PITAJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 00820/2006
SENTENCIA No 820
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Da. Ángeles Huet Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu
D. José Luis Quesada Varea
Dª. Berta Santillán Pedrosa
Dª. Margarita Pazos Pita
D. Juan Ignacio González Escribano
En la Villa de Madrid, a dieciséis de mayo de dos mil seis.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo de este Tribunal Superior de Justicia, constituida por los Sres. expresados al margen, el presente recurso de apelación, rollo número 659/05, contra el Auto de fecha 6 de julio de 2005, dictado en la pieza separada de medidas cautelares nº 38/05, dimanante del procedimiento abreviado seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Madrid con el número 197/05 , en el que son partes, como apelante, Dª. Frida, representada por el Procurador D. Eusebio Ruíz Esteban, y, como apelada, el Abogado del Estado.
En la pieza de medidas cautelares del proceso contencioso-administrativo de referencia, el día 6 de julio de 2005 se dictó Auto denegatorio de las mismas.
Contra dicha resolución, el Procurador D. Eusebio Ruíz Esteban, en la expresada representación, interpuso recurso de apelación en el que solicitaba la revocación de la resolución recurrida.
El Abogado del Estado solicitó la confirmación de la resolución recurrida.
Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 11 de mayo de 2006, en que tuvo lugar.
En la tramitación de esta segunda instancia se han observado las prescripciones legales.
Es ponente la Magistrada Illma. Sra. Dª. Margarita Pazos Pita.
Es objeto de esta apelación el Auto dictado por el Juez de instancia en la pieza separada de medidas cautelares del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la denegación de entrada en el territorio nacional y retorno al lugar de procedencia de la recurrente.
La medida cautelar solicitada consiste en la suspensión o cancelación «de la anotación de la denegación de entrada del recurrente y de sus motivos en el Registro Central de Extranjeros y en la Base de Datos "Adextra" que existe en la Dirección General de Policía». Y si bien es cierto que, como se pone de relieve en el recurso de apelación, el Auto recurrido incurre en incongruencia en la medida en que no hace expresa referencia a tal anotación, sin embargo, atendidos los datos obrantes en las actuaciones, y teniendo en cuenta que el recurso de apelación traslada al Tribunal "ad quem" el total conocimiento del litigio, se ha de adelantar que, tal y...
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