STSJ Comunidad de Madrid 76/2007, 19 de Enero de 2007
Ponente | MARIA JESUS VEGAS TORRES |
ECLI | ES:TSJM:2007:330 |
Número de Recurso | 475/2006 |
Número de Resolución | 76/2007 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Apelación 475/06
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00076/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
RECURSO DE APELACIÓN Nº 475/06
SENTENCIA NÚM.76
PRESIDENTE:
D. Francisco Gerardo Martínez Tristán
MAGISTRADOS:
D. Alfredo Roldán Herrero
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
Dª. María Jesús Vegas Torres
D. José Félix Martín Corredera
D. Francisco Javier Sancho Cuesta
En la Villa de Madrid, a 19 de enero de dos mil siete.
Vistos por la Sala los autos del recurso de apelación nº 475/06 que ante esta Sala, ha promovido el letrado D. Luis de Argüelles González en nombre de DOÑA Flora contra el auto dictado en fecha 10 octubre de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 20 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado nº 724/06. Ha sido parte la DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA, representada por el Sr. Abogado del Estado.
Interpuesto recurso contencioso administrativo contra la desestimación por silencio de la solicitud de archivo por caducidad del expediente de expulsión incoado contra Doña Flora, se solicitó la adopción de medida cautelar de suspensión del procedimiento de expulsión, formándose la oportuna pieza separada de medidas cautelares.
En la pieza separada de suspensión se dictó auto de 10 de octubre por el que se desestimaba la solicitud de la adopción de la medida interesada. Contra dicho auto se ha interpuesto el presente recurso de apelación en el que, una vez admitido y tramitado conforme a las prescripciones legales se ha señalado para votación y fallo el día 18 de enero, fecha en la que ha tenido lugar.
Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª.María Jesús Vegas Torres.
Se dirige el presente recurso de apelación contra el auto dictado en fecha de 10 de octubre de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 20 de los de Madrid en la pieza de medidas cautelares correspondiente a los autos de Procedimiento Abreviado tramitado con el número 724/06 de su registro.
Los motivos de apelación que se hacen valer contra el auto recurrido afirman que el otorgamiento de la medida cautelar, que estaría amparada por la apariencia de buen derecho del solicitante, no perturba gravemente los intereses generales ni los de terceros, mientras que su denegación impide el aseguramiento de la efectividad de la sentencia e irroga al apelante perjuicios de difícil o imposible reparación.
Con carácter previo conviene recordar que el Tribunal Supremo en materia de resoluciones sobre extranjería ha declarado la procedencia de adoptar medidas cautelares de tipo positivo equivalente a la suspensión de los efectos positivos de la denegación acordada, entre otros, en los autos de 2 de noviembre de 1993, 19 de noviembre de 1993, 11 de enero de 1994 y 26 de diciembre de 1994 y en la sentencia, entre otras, de 13 de marzo de 1999, Sentencia de 24 octubre 2000, al venir tales medidas amparadas por lo dispuesto...
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