STSJ Comunidad Valenciana 317/2006, 28 de Febrero de 2006
Ponente | EDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ |
ECLI | ES:TSJCV:2006:3347 |
Número de Recurso | 513/2005/ |
Número de Resolución | 317/2006 |
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.C.V.
Sala Contencioso Administrativo
Sección Tercera
Asunto nº "AP-513/2005 "
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD
VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
En la Ciudad de Valencia, Veintiocho de Febrero de dos mil Seis.
VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana EN GRADO DE APELACION compuesta por:
Presidente:
Ilmo. Sr. D. Edilberto Narbón Láinez.
Magistrados Ilmos. Srs:
Dña. Rosario Vidal Mas.
D. Rafael Pérez Nieto
SENTENCIA NUM: 317/06
En el recurso de apelación num AP-513/2005, interpuesto como parte apelante por D. Vicente representada por el Procurador DÑA. ROCIO CUÑAT TORMO y dirigida por el Letrado DÑA. ELISABETH TESCH contra "Sentencia 07.01.2005 (Nº 13/2005), dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Valencia, contra resolución del Subdelegado del Gobierno de VALENCIA DE 16.04.2004 en que se impone la sanción de expulsión del territorio nacional y prohibición de entrada por TRES años. El recurso fue desestimado.
Habiendo sido parte en autos como parte apelada SUBDELEGACION DE GOBIERNO DE VALENCIA representada y dirigida por LA ABOGACIA DEL ESTADO y Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. Edilberto Narbón Láinez.
Dictada resolución que se ha reseñaldo por el Juzgado de lo Contencioso- Administravo, la parte que se consideró perjudicó perjudicada por la resolución interpuso el correspondiente recurso de apelación Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.
No Habiéndose recibido el recurso a prueba, quedó el rollo de apelación pendiente para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día Veintidos de Febrero de dos mil seis.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
En el presente proceso la parte demandante D. Vicente interpone recurso contra "Sentencia 07.01.2005 (Nº 13/2005), dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Valencia, contra resolución del Subdelegado del Gobierno de VALENCIA DE 16.04.2004 en que se impone la sanción de expulsión del territorio nacional y prohibición de entrada por TRES años. El recurso fue desestimado.
La sentencia apelada hace un análisis adecuado de la situación de hecho y jurídica del apelante, concluyendo con acierto que la resolución administrativa que acuerda la expulsión es ajustada a derecho, resolución que se debe confirmar en todos los extremos, incorporándola y formando parte de la presente resolución.
En cuanto al fondo, efectivamente, la Ley Orgánica 4/2000 (modificada por la Ley Orgánica 8/2000 ), de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, establece en...
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