STSJ Murcia 11/2008, 18 de Enero de 2008
Ponente | MARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER |
ECLI | ES:TSJMU:2008:37 |
Número de Recurso | 91/2007 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 11/2008 |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MURCIA SALA CON/AD
MURCIA
SENTENCIA: 00011/2008
Este documento está impreso por una sola cara.
ROLLO DE APELACIÓN nº 91/07
SENTENCIA nº 11/08
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA
SECCIÓN PRIMERA
compuesta por los Ilmos. Srs.:
D. Mariano Espinosa de Rueda Jover
Presidente
D.ª María Consuelo Uris Lloret
D.ª María Esperanza Sánchez de la Vega
Magistrados
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº 11/08
En Murcia a dieciocho de enero de dos mil ocho.
En el rollo de apelación nº 91/07 seguido por interposición de recurso de apelación contra la sentencia nº 481/06, de 4 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Murcia dictada en el recurso contencioso administrativo nº 736/05, en cuantía indeterminada, en el que figuran como parte apelante D.ª Susana de nacionalidad rumana, representada por la Procuradora D.ª María Gloria Valcárcel Alcázar y defendida por el Letrado D. José Ramón Sánchez Toribio y como parte apelada la Administración Civil del Estado-Delegación del Gobierno, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, sobre expulsión y prohibición de entrada en España; siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.
ÚNICO.- Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Murcia, lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la Administración demandada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a Sala, la cual designó Magistrado ponente y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el 11 de enero de 2008.
La sentencia apelada desestima el recurso contencioso administrativo formulado por el recurrente contra la resolución de la Delegación del Gobierno de Murcia de 21 de diciembre de 2004 (rectificada por la Resolución de 20 enero 2005 por razón de errores) que acuerda la expulsión de la misma y la prohibición de entrada en España durante 5 años, por infringir el art. 53 a) de la L.O. 4/2000, reformada por L. O. 8/2000, sobre derechos y libertades de los Extranjeros en España y su integración social, por encontrarse irregularmente en territorio español, por no haber obtenido o tener caducada más de tres meses la prórroga de estancia, la autorización de residencia o documentos análogos cuando fueren exigibles y siempre que el interesado no hubiera solicitado la renovación de los mismos en el plazo previsto reglamentariamente.
Rechaza el Juzgado los motivos alegados en primera instancia, en concreto defectos de tramitación, falta de motivación suficiente de la sanción y...
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