STSJ Cataluña , 29 de Noviembre de 2001

PonenteJOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
ECLIES:TSJCAT:2001:15038
Número de Recurso1148/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso n° 1148/01 Partes: D. Juan María C/ Subdelegación del Gobierno en Girona SENTENCIA N°1547 Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BERLANGA RIBELLES D. JOSÉ MANUEL BANDRÉS SÁNCHEZ CRUZAT D. DIMITRY T BERBEROFF AYUDA En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de noviembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1148/01, interpuesto por D. Juan María , representado por el Procurador D. Jordi Bassedas Ballús y asistido por el Letrado D. Ignacio Cardona Alonso y defendido por el Letrado D. Ignacio Cardona Alonso, contra la Subdelegación de Gobierno de Girona, representada y asistida por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MANUEL BANDRÉS SÁNCHEZ CRUZAT, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación procesal de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo para la protección de los Derechos Fundamentales de la Persona, al amparo de la Ley 29/1998, de 13 de julio, contra la Resolución del Subdelegado del Gobierno en Girona por la que se acuerda la expulsión del territorio nacional del actor, así como todos los actos de ejecución de la misma y la medida cautelar de detención adoptada en vía de hecho.

SEGUNDO

Por providencia de 28 de junio de 2001, se tiene por recibidas las actuaciones del Juzgado n° 1 de Girona, y se forma el presente recurso. Por providencia de 17 de julio de 2001, se tiene por comparecido al Procurador Sr. Bassedas Ballús en nombre y representación del recurrente D. Juan María .

Por providencia de 4 de septiembre de 2001, se acuerda dar traslado al Ministerio Fiscal para que en el término de ocho días formule el correspondiente escrito de alegaciones. El Ministerio Fiscal presentó su escrito de alegaciones en el que interesa la desestimación del recurso con imposición de costas al recurrente.

TERCERO

Por Auto de 5 de octubre de 2001, la Sala acuerda el recibimiento del pleito a prueba solicitado por la parte demandada, la cual presentó escrito renunciando a la práctica de prueba. Finalmente, estando conclusas las actuaciones, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 27 de noviembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente impugna mediante la interposición del presente recurso contencioso-administrativo, instado por el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales de la persona, la Resolución del Subdelegado del Gobierno en Girona de 15 de septiembre de 2000, que acordó la expulsión del territorio nacional, prohibiendo la entrada por diez años por estar incurso en la infracción prevista en el artículo 49.g) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, por considerar su defensa letrada vulnera el derecho de defensa y el derecho a la presunción...

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