STSJ Comunidad de Madrid 394/2007, 22 de Mayo de 2007

PonenteRAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS
ECLIES:TSJM:2007:2974
Número de Recurso176/2007
Número de Resolución394/2007
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 10394/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCÍÓN TERCERA

Recurso de apelación número 176/2007

Ponente: Don Rafael Estévez Pendás

Apelante: Sra. Cristina

Procurador: Sra. Ramírez Plaza

Apelado: Delegación del Gobierno en Madrid

Letrado: Sr. Abogado del Estado

SENTENCIA nº 394

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 22 de mayo del año 2007, visto por la Sala el Recurso de apelación arriba

referido, interpuesto por Doña Cristina, representada por la Procuradora Doña Amparo Ramírez Plaza, contra el Auto de fecha 12 de enero del año 2007, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid en la Pieza separada de medidas cautelares del Procedimiento Abreviado número 867/2006. Comparece como parte apelada la Administración General del Estado, defendida por el Abogado del Estado, en la representación que por Ley le corresponde. Es ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Don Rafael Estévez Pendás, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes de Hecho
Primero

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid se dictó Auto de fecha 12 de enero del año 2007, en la Pieza separada de medidas cautelares del Procedimiento Abreviado número 867/2006, promovido por la ciudadana extranjera Doña Cristina contra la desestimación por silencio administrativo, de la solicitud de caducidad y archivo del expediente de expulsión incoado contra aquella por Acuerdo de la Brigada Provincial de Extranjería y Documentación de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, siendo la parte dispositiva del Auto que no había lugar a la suspensión de la ejecutividad de la Resolución administrativa objeto del Recurso.

Segundo

Notificado el Auto anterior a las partes, por la Sra. Cristina se interpuso contra aquel Recurso de apelación en el que, tras exponer las razones en las que lo fundaba, terminaba suplicando que se revocase por esta Sala, concediendo la medida cautelar interesada en su día..

Tercero

El Abogado del Estado impugnó el Recurso de apelación anterior por medio de escrito de fecha 19 de febrero del año 2007, en el que concluía interesando su íntegra desestimación.

Cuarto

Recibidas las actuaciones en esta Sala y Sección, y al no interesar las partes el recibimiento a prueba de la apelación, ni la celebración de vista o el despacho del trámite de conclusiones, quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 22 de mayo del año 2007.

Fundamentos de Derecho
Primero

La apelante afirma que tiene arraigo económico, con posibilidad real de incorporación al mercado de trabajo, que la denegación del archivo del expediente de expulsión tiene incidencia real en sus relaciones jurídicas con personas físicas o jurídicas o con organismos públicos, así como en el ámbito laboral, ya que el hecho de no tener una Resolución expresa en la que conste la caducidad del expediente de expulsión, puede ser un impedimento para sus relaciones laborales y jurídicas; dice también...

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