STSJ Canarias 5024, 1 de Diciembre de 2005

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2005:5024
Número de Recurso33/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución5024
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Código 06a Ref: RCA nº 33/00.

SENTENCIA Ilmos Sres Presidente: Dña Cristina Paez Martínez Virel.- Magistrados:Don César José García Otero.- Dña Inmaculada Rodríguez Falcón.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 1 diciembre de 2005.- Visto, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente recurso nº 33/00, seguido por el procedimiento ordinario; en el que son partes: como recurrentes, D. Alejandro y D. Jesús Manuel , representados por el Procurador D. Bernardo Rodríguez Cabrera y defendidos por el Letrado D. Rafael Hernández Martín; y, como partes codemandadas: la Administración general del Estado, representada y defendida por Abogado del Estado, la Comunidad Autónoma de Canarias, representada y defendida por Letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias; y el Ayuntamiento de Valsequillo, representado y defendido por la Letrada Dña Isabel Ballesteros Fariña; versando sobre justiprecio en expediente expropiatorio.- I.- A N T E C E D E N T E S .- PRIMERO.- Por Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación de Las Palmas de fecha 13 de mayo de 1.999, se fijó el justiprecio correspondiente a la expropiación seguida por el procedimiento de tasación conjunta, en expediente nº 1.078, promovido por la Consejería de Polí tica Territorial y Medio Ambiente, en relación a las fincas nº NUM000 , propiedad de Dña Claudia ; finca nº NUM001 , de 1023 m2, propiedad de D. Alejandro ; y finca nº NUM002 , de 210 m2, propiedad de D. Jesús Manuel , expropiadas con motivos de las obras de "Colectores Generales de Valsequillo-Apertura de la calle trasera de la Plaza Pública de la Cantera y Zona de Equipamiento Deportivo" ;.- El justiprecio fijado fue el siguiente:

Finca nº NUM000 : 299 m2 X 5.016 ptas/m2 1.499.784 ptas.- 5% premio de afección 74.989 ptas.- Total 1.574.773 ptas.-

Finca nº NUM001 : 1.023 m2 X 5.016 ptas/m2 5.131.368 ptas.- Vallado y árboles 259.483 ptas Total 5.390.851 ptas.- 5% Premio de afección 5.660.394 ptas.- Finca nº NUM002 : 210 m2 X 5.016 ptas/m2 1.053.360 ptas.- 5% premio de afección. 55.120 ptas.- Total 1.163.444 ptas.- SEGUNDO.- Contra dicho Acuerdo se interpuso recurso contencioso-administrativo por el Procurador D. Rafael Hernández Martín, en nombre y representación de D. Alejandro y de D. Jesús Manuel , y, en su momento, se formuló la correspondiente demanda en la que se pedía la estimación del recurso y la fijación de un justiprecio de 20.000 ptas/m2, mas 884.675 ptas como valor de sustitución de plantíos y vallado.- TERCERO.- Por su parte, las Administraciones codemandadas se opusieron al recurso y pidieron su desestimación, tras lo cual se abrió el perí odo probatorio, a cuya finalización se acordó, para mejor proveer, la práctica de prueba pericial, de cuyo resultado se dio traslado a las partes para conclusiones, que evacuaron todas ellas.-

F U N D A M E N T O S J U R I D I C O S

PRIMERO.- El objeto del recurso contencioso-administrativo es la pretensión de que se anule el Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación de Las Palmas de fecha 13 de mayo de 1.999, que fijó el justiprecio correspondiente a la expropiación seguida por el procedimiento de tasación conjunta, en expediente nº 1.078, promovido por la Consejería de Polí tica Territorial y Medio Ambiente, en relación a tres fincas situadas en Valsequillo, limitándose la impugnación al justiprecio de las fincas identificadas con los nºs NUM001 y NUM002 , de 1.023 m2, propiedad de D. Alejandro ; y de 210 m2,...

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