STSJ Navarra , 17 de Octubre de 2002
Ponente | IGNACIO MERINO ZALBA |
ECLI | ES:TSJNA:2002:1221 |
Número de Recurso | 500/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 17 de Octubre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. JUAN A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA En Pamplona, a diecisiete de octubre de dos mil dos. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 500/00 , promovido contra acuerdo del Jurado de Expropiación de Navarra de fecha 12-1-00, en el que se fija el justiprecio en expediente 33/96 de expropiación incoado por el Gobierno de Navarra para el proyecto "Mejora de la NA-127 (Variante de Sangüesa 2ª Fase).", siendo en ello partes: como recurrentes D. Jose Enrique , Dª. Amanda , Dª. Fátima Y Dª. Rosa , representados por el Procurador Sra. Echarte y defendidos por el Letrado Sr. Trull; y como demandado el Gobierno de Navarra -Jurado de Expropiación de Navarra-, representado y defendido por el Asesor Jurídico.
En el presente contencioso se impugnan las resoluciones reseñadas en el encabezamiento que precede, solicitándose su nulidad por hallarlas en disconformidad al Ordenamiento Jurídico, según los razonamientos que luego serán objeto de estudio.
El Asesor Jurídico en nombre y representación del Gobierno de Navarra se opone a todo ello sustentando la legalidad de los acuerdos impugnados, siguiendo la línea marcada por las resoluciones combatidas en vía administrativa y en atención a las razones que da en sus escritos correspondientes que constan a disposición de las partes y que no vamos a reproducir para evitar inútiles reiteraciones, ya que, también a continuación van a ser objeto de estudio.
Seguido el pleito por todos sus trámites se entregaron al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para señalamiento en votación y fallo, el que tuvo lugar el día 16 de Octubre de 2.002 a las 12 horas.
Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO MERINO ZALBA.
II.-
Como se trata de determinar el justiprecio que corresponde a los actores por las fincas expropiadas y deméritos sufridos en las mismas y en la explotación (uso agricola intensivo), es de ver que el Jurado de Expropiación de Navarra parte del dato incontestable de la calificación del suelo como no urbanizable, tras diversas consideraciones, entiendo (dada la especial cualificación de las fincas...
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