STSJ Canarias , 13 de Septiembre de 2002

PonenteANTONIO GIRALDA BRITO
ECLIES:TSJICAN:2002:2426
Número de Recurso173/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SANTA CRUZ DE TENERIFE.

S E N T E N C I A Nº 858.

RECURSO Nº 173/00.

ILMOS.SRES.

PRESIDENTE:

D. Antonio Giralda Brito.

MAGISTRADOS:

D. Angel Acevedo y Campos.

D. Luis Miguel Blanco Domínguez.

En Santa Cruz de Tenerife, a trece de Septiembre de dos mil dos. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital, integrada por los Sres.

Magistrados antes expresados, el presente recurso nº 173/00, tramitado por el procedimiento ordinario, que regula la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, seguido a instancia del demandante <>, representado por el Procurador Don Federico González de Aledo y Bravo de Laguna y defendido por el Letrado Don José de la Paz Pérez, siendo Administración demandada <>, representada y defendida por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad, versando sobre Denegación de subvención para explotación agraria, de cuantía 5.085.298 pesetas, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON Antonio Giralda Brito, ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Dirección General de Estructuras Agrarias de la consejería de Agricultura denegó al recurrente la concesión de subvención para explotación agraria.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia, por la que se declare no ajustada a derecho, la resolución recurrida, y se acuerde la inclusión en el baremo y las puntuaciones correspondiente a Explotación Agrícola Prioritaria que tiene mi representado, y de conformidad con ello declarar el derecho de mi representado a la obtención de la subvención solicitada.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia, por la que se desestime el Recurso por ajustarse a Derecho el acto impugnado, y condenando a la parte actora a estar y pasar por tal declaración y al pago de las costas.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contra la resolución denegatoria presunta y posteriormente expresa de la Dirección General de Estructuras Agrarias por la que se denegó al recurrente una subvención para la modernización de los sectores de flores y plantas ornamentales, frutas tropicales y cultivos hortícolas intensivos a que hace referencia el Decreto 108/95, y que fue convocada por Orden de 1 de Febrero de 1999. Tal subvención se cuantificó en el 40% del presupuesto total de las obras que en el presente caso se cifró en 5.085.298 pesetas. La...

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