STSJ Comunidad de Madrid , 2 de Febrero de 2001

PonenteJOSE TOME PAULE
ECLIES:TSJM:2001:1402
Número de Recurso239/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

LDO. SR. Juan GARCÍA FILLOL PROC SR. RODRÍGUEZ MONTAUT TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 239/98 PONENTE SR. José Tomé Paule SENTENCIA N°86 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Valeriano Palomino Marín D. Alfonso Sabán Godoy D. José Tomé Paule En Madrid a dos de febrero de dos mil uno. Visto por la Sala del margen el recurso n° 239/98 interpuesto por el Letrado Sr. García Fillol en representación de ROMANÍ INDUSTRIAL S.A. contra resolución del Ayuntamiento de Madrid de 23-12-1997 que resuelve el recurso ordinario interpuesto contra providencia de apremio por la exacción de la Licencia Fiscal, Radicación de Empresas e Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador Sr. Rodríguez Montaut. La cuantía del recurso es de 593.534 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 2 de febrero de 1998 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento a prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 1 de febrero de 2001 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Tomé Paule.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso administrativo la sociedad anónima Romaní Industrial impugna la...

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