STSJ Asturias , 7 de Abril de 2004
Ponente | JOSE MANUEL GONZALEZ RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2004:1934 |
Número de Recurso | 1172/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 7 de Abril de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 OVIEDO 55820 Número de Identificación Único: 33044 3 0101421 /2001 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001172 /1999 Sobre ADMINISTRACION AUTONOMICA De D/ña. Rodolfo Procurador/a Sr/a. ISABEL FERNANDEZ FUENTES Contra D/ña. PRINCIPADO *
SENTENCIA nº275 Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Rafael Fonseca González Magistrados:
D. José Manuel González Rodríguez D. Francisco Salto Villén En Oviedo, a siete de abril de dos mil cuatro.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1172/99, interpuesto por D. Rodolfo , representado por la Procuradora Dña. Isabel Fernández Fuentes, actuando bajo la dirección letrada de D. Juan José Vázquez González, contra el PRINCIPADO DE ASTURIAS, representado por el Sr. Letrado del Principado, versando el recurso sobre resolución de la Consejería de Agricultura desestimando recurso en materia de montes y medio rural. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Manuel González Rodríguez.
Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia estimando íntegramente su demanda, con imposición de costas a la parte contraria. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.
Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.
Solicitando el recibimiento del recurso a prueba.
Por Auto de 31 de julio de 2003 , se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.
Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 31 de marzo de 2004 en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los tramites prescriptos en la ley.
Se impugna por la representación procesal del...
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