STSJ La Rioja , 17 de Septiembre de 2002

PonenteJOSE LUIS DIAZ ROLDAN
ECLIES:TSJLR:2002:665
Número de Recurso28/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

En Logroño a diecisiete de septiembre de dos Mil dos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, que la preside, D. José Luis Díaz Roldán y D. Ignacio Barriobero Martínez, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. José Luis Díaz Roldán, la siguiente:

S E N T E N C I A DE APELACIÓN (NÚM. 45)

Vistos los autos correspondientes al RECURSO DE APELACIÓN sustanciado ante esta Sala bajo el n° 28/2002, a instancia de la mercantil LUIS PÉREZ ULECIA, S.L, representada y defendida por la Procuradora Dª Teresa León Ortega, siendo el apelado el AYUNTAMIENTO DE LEZA DE RIO LEZA, representado y defendido por el Procurador D. Jesús López Gracia, contra la Sentencia n° 70, de 14 de marzo de 2002, por la que se inadmite recurso contencioso- administrativo interpuesto contra Resolución de 23 de mayo de 2001, por la que se deniega expedición de certificación.

I/

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño dictó en su recurso n°

284/2001-A Sentencia n° 70, de 14 de marzo de 2002, en la que recayó el fallo del siguiente tenor literal:

"Que debo inadmitir el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Sra. León Ortega, en nombre y representación de la mercantil LUIS PEREZ ULECIA, S.L, frente a la Resolución a la Resolución del AYUNTAMIENTO DE LEZA DEL RIO LEZA de fecha 23 de mayo de 2001.

Todo ello, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas en la tramitación de este procedimiento.

SEGUNDO

Contra el mismo interpuso recurso de apelación la parte recurrente.

TERCERO

Admitido a trámite dicho recurso de apelación y formulado escrito de oposición al mismo por la representación de la parte recurrida, fueron elevados los autos junto con el expediente administrativo a esta Sala.

CUARTO

No habiéndose solicitado la práctica de prueba, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 5 de Septiembre de 2002, en que al efecto se reunió la Sala.

QUINTO

Se ha observado las prescripciones legales.

II/

FUNDAMENTOS DE DERECHO

S No se aceptan los fundamentos de derecho ni el fallo de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por la sociedad actora se interpone recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño, núm. 70/2002, de 14 de Marzo, que inadmitía el recurso jurisdiccional entablado contra la comunicación del la Secretaria del Ayuntamiento de Leza de Río Leza, de fecha 19 de Mayo de 2001, que denegaba la expedición de la Certificación solicitada de que la sociedad se encontraba, a fecha 29 de Abril de 21001, al corriente de pagos. Sustenta la referida resolución la inadmisión del recurso en que la Administración Local demandada emitió finalmente la Certificación solicitada, haciendo ya inexistente el acto recurrido, sin que tampoco sea admisible que el recurso se...

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