STSJ Comunidad de Madrid 1728/2003, 22 de Diciembre de 2003

PonenteD. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
ECLIES:TSJM:2003:17217
Número de Recurso138/2003
Número de Resolución1728/2003
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

D. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANOD. ALFONSO SABAN GODOYD. VALERIANO PALOMINO MARINDª. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZD. JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO

(Ap 138/03)

APELACIÓN Nº 138 de 2003

Proc. Sra. Sampere Meneses

Proc. Sr. Granados Bravo.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

PONENTE Sr Juan Ignacio González Escribano

S E N T E N C I A Nº 1728

Presidente Ilmo. Sr.

Juan Ignacio González Escribano

Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy

D. Valeriano Palomino Marín

Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Juan Pedro Quintana Carretero

En Madrid a veintidós de diciembre de dos mil tres.

Visto en grado de apelación, el recurso núm. 138 de 2003, ante esta Sección 4ª formada por los Srs. Magistrados anotados al margen el recurso contencioso administrativo seguido en el Juzgado de este orden nº 26 de los de Madrid con el P.O. nº 86/02 interpuesto por la Fundación para el Fomento del Empleo "LABORA", representada por la Procuradora Dª Rocío Sampere Meneses, contra el Decreto del Ilmo. Sr. Quinto Teniente de Alcalde, responsable de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Interior de fecha 7 de junio de 2002, que confirmó la de 21 de diciembre de 2991, que denegaba la solicitud de exención en el I.A.E. para la actividad clasificada en el grupo 842 de la Sección Primera de las Tarifas del Impuesto ; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador D. Luis Fernando Granados Bravo, cuyo proceso ha sido elevado a esta Sección 4ª en virtud del recurso de apelación interpuesto por la recurrente, contra la Sentencia dictada en dicho recurso de fecha 20 de junio de 2003.

La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

En los mencionados autos recayó Sentencia de fecha 20 de junio de 2003, cuya parte dispositiva dice: "Que desestimando como desestimo el recurso formulado por la Fundación para el Fomento de Empleo "Labora" contra el Decreto dictado por el Quinto Teniente de Alcalde responsable de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Interior del Ayuntamiento de Madrid en fecha 21 de diciembre de 2001, confirmada en reposición el 20 de mayo de 2002, sobre exención del Impuesto de Actividades Económicas, debo declarar y declaro el mismo conforme a derecho, sin hacer expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso en tiempo y forma por la Procuradora Sra. Sampere Meneses, en representación de la Fundación para el Fomento del Empleo "LABORA" el recurso de apelación que autoriza la Ley 29/98 que fue admitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, dando traslado a las partes personadas para formular oposición la cual fue presentada por la representación procesal del Ayuntamiento de Madrid oponiéndose al recurso.

Y cumplidos dichos trámites el Juzgado acordó la elevación de los autos a esta Sala de lo Contencioso Administrativo, y repartidos por razón de la materia a esta Sección 4ª.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, fue registrado y formado el rollo correspondiente.

Señalada la deliberación del recurso, ésta tuvo lugar el día 13 de noviembre de 2003.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano..

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 26 de esta Capital recaída en el P.O núm. 86/02 que desestimó el recurso interpuesto contra el Decreto del Ilmo. Sr. Quinto Teniente de Alcalde, responsable de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Interior de 7 de junio de 2002, que...

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