STSJ País Vasco , 10 de Octubre de 2000

PonenteFERNANDO TORREMOCHA GARCIA-SAENZ
ECLIES:TSJPV:2000:4794
Número de Recurso1598/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1598/00 N.I.G. 48.04.4-99/007176 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 10 de Octubre de 2000.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, Presidente, DON FLORENTINO EGUARAS MENDIRI y DON FERNANDO TORREMOCHA Y GARCIA SAENZ, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por LANGILE SINDIKAL BATASUNA-UNION SINDICAL OBRERA LSB-USO contra la sentencia del Jdo. de lo Social nº 6 (Bilbao) de fecha veintitrés de Marzo de dos mil, dictada en proceso sobre CONFLICTO COLECTIVO, y entablado por LANGILE SINDIKAL BATASUNA-UNION SINDICAL OBRERA LSB-USO frente a HOSPITAL DE BASURTO DE LA RED DEL SERVICIO VASCO DE SALUD OSAKIDETZA , CESM , SAE , ELA - STV. , UGT , COMITE DE EMPRESA DEL HOSPITAL DE BASURTO , CCOO DE EUSKADI , SATSE y LAB . Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D./ña. FERNANDO TORREMOCHA Y GARCIA SAENZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: 1º.- La demanda de conflicto colectivo se interpone por Langile Sindikal Batasuna-Unión Sindical Obrera, frente al Hospital de Basurto de la Red del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza y frente a las Centrales Sindicales ELA, SATSE, CC.OO., UGT, CESM, SAE Y LAB y frente al Comité de Empresa del Hospital de Basurto.

  1. - Con fecha 15-5-1997 se celebró contrato administrativo entre Osakidetza-SVS, representada por el entonces DIRECCION000 D. Alberto y la empresa GIROA S.A. en relación con expediente de contratación nº. /20/1/00010/9999/0197-S.C., sobre "Regulación y optimización del actual modelo de demanda energética de diversos hospitales de Osakidetza"

    Dicho contrato fue modificado por documento contractual administrativo adicional, mediante el que se amplian los plazos de puesta en marcha y de gestión del servicio.

    Los anteriores documentos contractuales encuentran su soporte en la convocatoria pública que para la contratación fue efectuada por la Dirección General de Osakidetza, publicadas en el B.O.E. de 7 febrero 1.997 y D.O.C.E. de... Y en cuyo pliego de condiciones técnicas se halla la motivación y justificación de los planteamientos que con carácter general pretenden "optimizar la demanda energética en todo momento, diseñando y ejecutando, para ello, las instalaciones, equipos, suministros y obra civil necesarios para gestionar los distintos parámetros con eficacia energética y económica".

    En el Hospital de Basurto al aprobarse el Plan General de Ordenación Urbana de Bilbao, las instalaciones de calderas quedaron fuera de Plan por lo que hubo de plantearse con urgencia su traslado, lo que exigía la construcción de nueva edificación que respetara el plan. El concurso público vino a resolver este problema al exigir su solución en las propias bases.

    Al modelo propuesto por el adjudicatario del servicio, en síntesis, se le denomina la cogeneración, consistente en utilizar la propia energía térmica producida en el Hospital para generar energía eléctrica, de forma que no se consume la suministrada por IBERDROLA e incluso se puede proceder a la venta de energía excedente.

    Hasta Julio de 1.999 funcionó solo parcialmente la Planta de Cogeneración, poniéndose en marcha en su integridad a finales de este mes razón por la cual quedan anuladas las viejas instalaciones, procediéndose a explotar las nuevas por parte de GIROA.

  2. - Durante los primeros meses del año 1999, los oficiales de calderas mantienen diversas reuniones con el Jefe de Mantenimiento y Jefe de Servicios Generales del Hospital interesándose por el destino que se les iba a asignar y sus condiciones de trabajo.

    Con fecha 2 de Agosto se reúne el DIRECCION001 de Personal con el Sr. Fernando , Oficial de calderas y miembro del Comíté de Empresa, en la que se plantea el interés por el colectivo de Calderas de mantenerse en régimen de turnos, a fin de no perder los pluses de turnicidad, nocturnidad y festivos que venían percibiendo.

    Posteriormente, concretamente el día 5 de Agosto el DIRECCION001 de Personal se reúne inividualmente con los Oficiales: Sr. Rodolfo , Sr. Carlos Francisco y Sr. Isidro .

    El Sr. Rodolfo acepta pasar a otra función de mantenimiento, en turno de mañana.

    La Dirección ofrece la posibilidad de integrarse en una función de...

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