STSJ Murcia 606/2005, 23 de Mayo de 2005

PonenteJOSE ABELLAN MURCIA
ECLIES:TSJMU:2005:505
Número de Recurso490/2005
Número de Resolución606/2005
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Social

D. JOSE LUIS ALONSO SAURAD. JOSE ABELLAN MURCIAD. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00606/2005

ROLLO Nº: RSU 0490/05

46050

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a veintitrés de Mayo de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA y D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Cristobal , contra la sentencia número 19/05 del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 18 de Enero de 2.005, dictada en proceso número 520/04, sobre Contrato de Trabajo, y entablado por don Cristobal frente a Ministerio de Administraciones Públicas.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El actor don Cristobal ha venido prestando sus servicios como personal laboral fijo por cuenta y orden de la Administración General del Estado, con la categoría profesional de Titulado Superior de Administración, Grupo Profesional 1, Area Funcional 1. SEGUNDO.- Desde el 30 de noviembre de 1990 el actor se encuentra en situación de excedencia voluntaria por interés particular. TERCERO.- Cuando se inició tal situación el demandante prestaba sus servicios en el Ministerio de Cultura. CUARTO.- El 15 de diciembre del 2003 el actor solicitó el reingreso en los siguientes términos: "Muy Sr. Nuestro: Como quiera que ha llegado a mi conocimiento la existencia de una plaza de personal laboral, nivel 1, cuya denominación es la de "TECNICO SUPERIOR ESPECIALISTA EN ARCHIVOS Y DOCUMENTACION"en el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, y reuniendo los requisitos necesarios para acceder a ella, solicito mi reincorporación a dicho puesto de trabajo, dado que me encuentro en situación de excedencia. Una vez más reitero mi deseo de que mi incorporación sea en Murcia, puesto que desde 1.990 estoy afincado, con mi familia, en esta Comunidad Autónoma. Caso de no estar esta plaza disponible desearía que se me asignase cualquier otra de mi nivel en dicha Comunidad Autónoma dentro de la Administración General del Estado. En el supuesto de no encontrar plaza para mi reincorporación en las condiciones antes mencionadas, desearía permanecer en situación de excedencia, hasta que se produzca la posibilidad de reincorporarme en Murcia. QUINTO.- El 14 de enero del 2004 el Ministerio de Administraciones Públicas comunicó al actor lo siguiente: "En relación con su solicitud de reingreso formulada mediante escrito de 15 de diciembre de 2003, le comunico que, en escrito de 15 de diciembre de 2.003, le comunico que, en cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo de 7 de noviembre de 2000, de la Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio Único sobre cobertura de puestos, ha sido remitida al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, órgano competente para su tramitación". SEPTIMO.- El 16 de marzo del 2004 el Ministerio de Administraciones Públicas se dirigió al Ministerio de Justicia en solicitud de informe sobre la existencia de vacante en Murcia, y lo hizo en los siguientes términos: "A fin de proceder al estudio y resolución de la petición de reingreso al servicio activo formulada por D. Cristobal , y de conformidad con lo establecido en el artículo 59, en la disposición transitoria decimocuarta del Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración del Estado y en el Acuerdo de la Civea de 7 de noviembre de 2.000, ese Departamento deberá comunicar si dispone de vacante dotada presupuestariamente cuya cobertura resulte necesaria, siempre que no se encuentre ofertada a promoción profesional. La plaza deberá ser de igual grupo profesional, área funcional y, en su caso, titulación y especialidad que la plaza que ocupaba el solicitante cuando pasó a la situación de excedencia, o del grupo profesional inmediatamente inferior dentro de su área funcional. Asimismo deberá indicar el Centro Directivo, Subdirección General o Unidad asimilada donde esté ubicada la vacante y sus características, y el coste anual de dicho puesto, acompañando certificación de la Oficina Presupuestaria que acredite la existencia de dotación presupuestaria. OCTAVO.- El 1 de abril del 2004 el Ministerio de Justicia informó lo siguiente: "En relación con el escrito de esa Subdirección General de fecha 16 de marzo del 2004, este Ministerio informa que No es Posible atender la solicitud de reingreso al servicio activo en este Departamento de D. Cristobal con categoría profesional de Titulado Superior de Administración, Grupo Profesional 1, Area Funcional 1, toda vez que, en el catálogo de puestos de este Departamento no existen vacantes en la localidad que el citado trabajador solicita". NOVENO.- El 22 de abril del 2004 el Ministerio de Administraciones Públicas comunicó al actor lo que sigue: "En relación con su solicitud de reingreso al servicio activo en el Ministerio de Justicia y en la localidad de Murcia, le comunico que ese Departamento Ministerial ha informado que no dispone de plaza vacante adecuada a su categoría profesional, dotada presupuestariamente y cuya cobertura resulte necesaria en dicha localidad. En consecuencia no es posible concederle el reingreso solicitado en el Ministerio de Justicia, por lo que se va a proceder por parte de esta Unidad a la petición de vacante adecuada para su reingreso en el resto de Departamentos Ministeriales y en la localidad de Murcia, tal como usted solicita en su escrito de 15 de diciembre de 2003". DÉCIMO.- En fecha 26 de abril del 2004 el demandante presentó ante el Ministerio de Administraciones Públicas el siguiente escrito: "Muy Sres. Nuestros: En relación con mi solicitud, de fecha 15 de diciembre-03, de reingreso a una plaza, en la Administración del Estado, de personal laboral nivel 1, cuya denominación es la de "Técnico Superior Especialista en Archivos y Documentación", en el...

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