STSJ Andalucía , 18 de Octubre de 2000

PonenteANTONIO LOPEZ DELGADO
ECLIES:TSJAND:2000:15320
Número de Recurso1312/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

R.M. SENTENCIA NÚM. 2869/2000 ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a Dieciocho de octubre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1312/99, interpuesto por D. Pedro contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dos de Almería en fecha 13 de Enero de 1999 ha sido ponente el Iltmo. Sr. ANTONIO LÓPEZ DELGADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Pedro en reclamación sobre Reclamación de Derecho contra Empresa de Gestión Mediambiental S.A. "Egmasa" y D. Benjamín y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 13 de Enero de 1999 , por la que se desestimaba la demanda formulada por el actor.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - D. Pedro , presta sus servicios para la "Empresa de Gestión Medioambiental, S.A. (EGMASA), desde el 24-2-96, con carácter de emisorista.

  2. - El actor solicitó y obtuvo excedencia voluntaria desde el 1-8-97 al 31-7-98.

  3. - A su reincorporación, el actor fue destinado al puesto de peón de reten móvil, en el reten móvil de

    Nijar (Almería).

  4. - antes de la excedencia, el actor ocupaba la plaza de emisorista operativo en el COP de Almería.

  5. - Dicha plaza ocupada en agosto de 1997 por D. Benjamín . El Sr. Benjamín con anterioridad, ocupaba plaza de conductor en el reten de Cabo de Gata. El Sr. Benjamín sigue ocupando la plaza de emisorista en la actualidad.

  6. - Dicha plaza no fue objeto de concurso entre los trabajadores de la empresa.

  7. - En Julio de 1998 la empresa ha ofertado en concurso las plazas vacantes. Es el primer concurso que se realiza.

  8. - Se ha intentado la preceptiva conciliación previa ante el CMAC, sin efecto.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por D. Pedro , recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario.

Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero

Frente a la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda del actor en solicitud de declaración de su derecho a ocupar la plaza de Emisorista operativo del C.O.P. de Almería, plaza ocupada por aquel antes de solicitar la...

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