STSJ Aragón , 5 de Abril de 2004

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2004:971
Número de Recurso1217/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 1217/2003 Sentencia número: 379/2004 A. MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a cinco de abril de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 1217 de 2003 (Autos núm. 406/2003), interpuesto por la parte demandada Silvia , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Zaragoza, de fecha 17 de octubre de 2003 , siendo demandante Dª Nuria , y como codemandado DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, sobre Declarativo de Derecho -provisión puesto de trabajo-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ

ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Nuria , contra la DGA y Silvia , sobre Declarativa de Derecho -provisión puesto de trabajo-; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 3 de Zaragoza, de fecha 17 de octubre de 2003 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando la demanda promovida por Nuria contra la DIPUTACION GENERAL DE ARAGON, y Silvia , debo declarar y declaro el derecho de la actora a ocupar la plaza NUM000 PESD, Grupo E, solicitada en su día en turno de resultas, y en consecuencia, debo condenar y condeno a la DIPUTACION GENERAL DE ARAGON y a DOÑA Silvia , a estar y pasar por la anterior declaración y pronunciamiento".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- La actora Doña Nuria , cuyas circunstancias personales constan en autos es personal laboral de la Diputación General de Aragón desde el 16 de Septiembre de 1.991 ostentado la categoría profesional de P.E.S.D desde la citada fecha. La actora está destinada en Servicio Provincial de Educación y Ciencia, I.E.S. Jerónimo Zurita de Zaragoza.

SEGUNDO

La demandante con fecha 12 de Febrero de 2003 solicitó participar en el turno de resultas para la plaza identificada con el número NUM000 PESD grupo E, del Servicio Provincial del Departamento de Educación y Ciencia.

TERCERO

Resuelto el concurso, la plaza antes referida fue adjudicada por reingreso, a la codemandada Doña Silvia que se encontraba en excedencia voluntaria por incompatibilidad desde el 15 de Diciembre de 1999 en su plaza de Albarracín (Teruel) estando prestando servicios de PESD como interina en el psiquiátrico del Pilar, a través de la bolsa de empleo.

CUARTO

La actora dedujo reclamación previa invocando su preferencia a ocupar la plaza por razón de su antigüedad en la categoría a fecha de aquella resolución, concretada en 11 años, 5 meses y 3 días, y, en otras categorías, la de 6 años, 3 meses y 28 días.

QUINTO

La codemandada Sra. Silvia acredita antigüedad en la categoría desde el 15 de Julio de 1999 y hasta la concesión de excedencia en 21 de Septiembre 1.999 y con efectos de 15 de Julio de 1.999.

SEXTO

Consta agotada la vía administrativa previa.

SEPTIMO

Se da por reproducido el contenido del...

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