STSJ País Vasco , 7 de Octubre de 2002
Ponente | JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA |
ECLI | ES:TSJPV:2002:4397 |
Número de Recurso | 4676/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 7 de Octubre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4676/98 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 878/2002 ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DON ANGEL RUIZ RUIZ MAGISTRADOS:
DON LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA DON JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOTIA En la Villa de BILBAO, a siete de octubre de dos mil dos. La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 4676/98 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la resolución de 22 de julio de 1998 del Comité Vasco de Disciplina Deportiva por la que se confirma el acuerdo del Comité de Disciplina Deportiva de la Federación Vasca de Rugby de 13 de noviembre de 1997 por la que se decide el reparto de los gastos ocasionados por la repetición del encuentro previsto para el 28 de diciembre de 1997 frente al Atlético san Sebastián.
Son partes en dicho recurso: como recurrente GETXO RUGBY TALDEA, representado y dirigido por el Letrado JOSE LUIS FERNANDEZ ARRIBAS Como demandada COMITE VASCO DE DISCIPLINA DEPORTIVA, representado y dirigido por el ABOGADO DEL GOBIERNO VASCO Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOTIA
El día 15 de octubre de 1998 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. JOSE LUIS FERNANDEZ ARRIBAS actuando en nombre y representación de GETXO RUGBY TALDEA, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 22 de julio de 1998 del Comité Vasco de Disciplina Deportiva por la que se confirma el acuerdo del Comité de Disciplina Deportiva de la Federación
Vasca de Rugby de 13 de noviembre de 1997 por la que se decide el reparto de los gastos ocasionados por la repetición del encuentro previsto para el 28 de diciembre de 1997 frente al Atlético san Sebastián; quedando registrado dicho recurso con el número 4676/98.
La cuantía del presente recurso quedó fijada en 123,09 euros (20.481 ptas.).
En el escrito de demanda , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que revocándola, declare la no obligación del club Getxo Rugby Taldea a abonar cantidad alguna por el desplazamiento para la disputa del encuentro referido.
En el escrito de contestación , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime integramente el recurso interpuesto en todos sus pedimentos, confirmando la resolución recurrida.
El procedimiento se recibió a prueba, practicándose las admitidas con el resultado que obra en autos.
En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.
Por resolución de fecha 27/09/02 se señaló el pasado día 01/10/02 para la votación y fallo del presente recurso SEPTIMO.- En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales
El letrado D. José Luis Fernández Arribas actuando en nombre y representación de GETXO RUGBY TALDEA interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 22 de julio de 1998 del Comité Vasco de Disciplina Deportiva por la que se confirma el acuerdo del Comité de Disciplina Deportiva de la Federación Vasca de Rugby de 13 de noviembre de 1997 por la que se decide el reparto de los gastos ocasionados por la repetición del encuentro previsto para el 28 de diciembre de 1997 frente al Atlético san Sebastián.
La entidad recurrente interesa la anulación de la resolución recurrida alegando que de la redacción del acta elaborada por el árbitro designado para el partido se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba