STSJ Castilla-La Mancha , 20 de Julio de 2005

PonenteMIGUEL ANGEL PEREZ YUSTE
ECLIES:TSJCLM:2005:1801
Número de Recurso820/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1 ALBACETE SENTENCIA: 00370/2005 Recurso nº 820/01 TOLEDO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

SENTENCIA Nº 370 En Albacete, a veinte de Julio de dos mil cinco.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 820/01 del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de la entidad Zardoya Otis S.A., representada por el Procurador Sr. Legorburo Martínez, contra el Ayuntamiento de Toledo, representado por la Procuradora Sra. González Velasco, en materia de ejecución de contrato y reclamación de cantidad. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 13 de Octubre de 2.001, recurso contencioso-administrativo contra la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de cantidad formulada por la parte demandante frente al Ayuntamiento demandado.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que: "...se declare no ajustada a Derecho y se anule la resolución desestimatoria presunta por silencio administrativo objeto del presente recurso, y se declare el derecho de ZARDOYA OTIS, S.A. a percibir lo siguiente ORDENANDO SU ABONO POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE TOLEDO: 1.- CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (5.938'44.-) en concepto de pago por el principal de las facturas/certificaciones emitidas por ZARDOYA OTIS, S.A. con ocasión del servicio de conservación y mantenimiento de los ascensores del Mercado de Minoristas de Toledo y de la Tenencia de Alcaldía y Consultorio Municipal de calle Esparteros, 6 de Toledo. 2.- Los intereses devengados por las certificaciones impagadas dichas desde los 90 días de las respectivas fechas de sus devengos hasta su efectivo pago a ZARDOYA OTIS, S.A. a establecerse por lo tanto en la fase de ejecución de este litigio. 3.- Los intereses sobre los intereses anteriores de conformidad con lo expuesto en los Fundamentos Jurídicos Materiales. 4.- Las costas todas del presente procedimiento".

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 13 de Julio de 2.005, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se revisa la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación formulada por la mercantil Zardoya Otis, S.A., al Ayuntamiento de Toledo, para el abono de la cantidad de 988.073 pesetas derivadas de los contratos de conservación y mantenimiento de ascensores con los nº L 1303-M y I 6215-M suscritos en su día, correspondiendo a las mensualidades de noviembre y diciembre de 1992, diciembre de 1994 y Enero a Diciembre de 1995 en cuanto al primero de los contratos, y octubre a diciembre de 1989 y Abril a Diciembre de 1995 en cuanto al segundo.

Se fundamenta la reclamación en que el Ayuntamiento no ha abonado la cantidad que se ha indicado y que resulta de los contratos aludidos, pese a reclamarla reiteradamente, incluso en la vía judicial civil.

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