STSJ Comunidad de Madrid , 5 de Junio de 2002

PonenteANTONIA DE LA PEÑA ELIAS
ECLIES:TSJM:2002:7730
Número de Recurso1360/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 1455 RECURSO NÚM. 1360-99 PROCURADORA DÑA. MARIA CARMEN HONDARZA UGEDO Ilmos. Sres.

Presidente D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a 5 de Junio de 2002 Visto por la Sala del margen el recurso núm. 1360-99, interpuesto por D. Franco , representado por la procuradora Dña. MARIA CARMEN HONDARZA UGEDO contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 27-1-1999 reclamación núm. 28/03747/96 interpuesta por el concepto de procedimiento recaudatorio habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 4.6.2002 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. María Antonia de la Peña Elías quien expresa el parecer de la Sala

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO El recurrente D. Franco discute la legalidad de la resolución del TEAR de Madrid de 27 de enero de 1999 que desestimó la reclamación económico administrativa nº 28/03747/96 que interpuso contra el acuerdo del Jefe de Recaudación de la Administración de Chamartín de la Delegación de Hacienda de la AEAT de Madrid de 2 de febrero de 1996 sobre ejecución del aval prestado por ACC Seguros y Reaseguros de Caución y Crédito, SA. en garantía de la deuda en que incurrió como responsable solidario por derechos de aduanas de Marketing Integral Aplicado, SA., por importe de 1.155.935 Ptas.

En esta resolución el TEAR de Madrid desestimó la reclamación anterior porque según el art 112.2 del Reglamento General de Recaudación procede en primer lugar la ejecución del aval de las deudas garantizadas con el previo requerimiento de pago al...

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