STSJ Comunidad de Madrid 611/2005, 31 de Mayo de 2005
Ponente | MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS |
ECLI | ES:TSJM:2005:6495 |
Número de Recurso | 419/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 611/2005 |
Fecha de Resolución | 31 de Mayo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNAD. JOSE IGNACIO PARADA VAZQUEZDª. ANTONIA DE LA PEÑA ELIASD. MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOSD. JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 00611/2005
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
SENTENCIA 611
RECURSO NÚM.: 419-2002
PROCURADOR: D. FCO. JAVIER RUIZ MARTINEZ SALAS
Ilmos. Sres.:
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
Dña. María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo
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En la Villa de Madrid a 31 de mayo de 2005
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 419-2002 interpuesto por B.B.V ARGENTARIA, S.A. representado por el procurador D. FCO. JAVIER RUIZ MARTINEZ SALAS contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 25.2.2002 reclamación nº 28/19717/00 interpuesta por el concepto de IVA habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni la celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 31.5.2005 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Santos Gandarillas Martos
Se impugna en el presente recurso las resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 25 de febrero de 2002, por la que se desestimaba la reclamación económico administrativa nº 19717/00, interpuesta contra actos de repercusión practicados por el arrendamiento de inmueble.
La entidad recurrente BBVA formalizó el siguiente contrato de arrendamiento:
-el 5 de diciembre de 2000, suscribió Jardín de Almayate SA, contrato de arrendamiento de la vivienda ubicada en la c/ DIRECCION000 nº NUM000, trastero y garaje, para uno de sus empleados D. Gabino.
Respecto del referido contrato de arrendamiento, el arrendador le giró a la recurrente factura por la mensualidad correspondiente con repercusión del IVA al tipo del 16%.
No conforme con las repercusiones, la entidad bancaria interpuesto reclamaciones económico administrativas, por considerar que los arrendamientos estaban amparados por la...
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