STSJ Canarias 273/2007, 26 de Julio de 2007

PonenteANA TERESA AFONSO BARRERA
ECLIES:TSJICAN:2007:3525
Número de Recurso641/2004
Número de Resolución273/2007
Fecha de Resolución26 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 273

En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de julio de dos mil siete

Visto por esta Sección Primera de la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, con sede en Santa Cruz de Tenerife, integrada por los Señores Magistrados anotados al margen, el recurso Contencioso-Administrativo seguido con el nº 641/2004 por cuantía de 232.744,15 euros, interpuesto por la entidad mercantil MABEMIMA,SL, representada por el Procurador de los Tribunales Don Javier Fernández Domínguez, habiendo sido parte como Administración demandada la GENERAL DEL ESTADO y en su representación y defensa el Abogado del Estado, se ha dictado EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Pretensiones de las partes y hechos en que las fundan

A.- Por Resolución de 28 de septiembre de 2004, dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Canarias, Sala Desconcentrada de Santa Cruz de Tenerife, se acordó desestimar la reclamación nº 38/256 /03 presentada con confirmación del acto impugnado.

B.- La representación de la parte actora interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la solicitud de que se dictase sentencia en virtud de la cual se declare la nulidad de la resolución impugnada así como el Acta de disconformidad Nº a02-70617882.

C.- La representación procesal de la Administración demandada se opuso a la pretensión de la actora e interesó que se dictase sentencia por la que se desestimase el recurso interpuesto por ajustarse a Derecho el acto a que se refiere.SEGUNDO: Conclusiones, votación y fallo

Recibido el pleito a prueba y formuladas conclusiones, se señaló día para la votación y fallo, teniendo lugar la reunión del Tribunal, habiéndose observado las formalidades legales en el curso del proceso, dándose el siguiente resultado y siendo ponente el Ilma. Sra. Magistrada Doña Ana Teresa Afonso Barrera que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Objeto del recurso

Se recurre la resolución de fecha 28 de septiembre de 2004 dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Canarias, Sala Desconcentrada de Santa Cruz de Tenerife, por la que se acordó desestimar la reclamación nº 38/256/03 presentada con confirmación del acto impugnado; este último es el Acuerdo del Jefe de la Dependencia de la Inspección de la AEAT por el que se aprueba la liquidación derivada del Acta de disconformidad A02-70617882, relativa al Impuesto de Sociedades de la entidad recurrente correspondiente a los ejercicios 1997, 1998, 1999 y 2000, ratificando la propuesta en ella contenida y determinando una deuda tributaria a ingresar por el obligado tributario de 232.744,15 euros (208.338,56 de cuota y 24.405,59 de intereses de demora).

La representación procesal de la parte actora postula la nulidad de dichos actos por considerar que se ha infringido el articulo 27.1 de la Ley 19/1994 , se ha valorado erróneamente la prueba y el carácter incompleto e incongruente de la resolución impugnada.

La Administración demandada contesta a la demanda solicitando su desestimación por entender que, las interpretaciones gramaticales, finalista, lógica e histórica, determinan que los rendimientos obtenidos por la obtención de rentas derivados del arrendamiento o compraventa de inmuebles no constituyen a efectos de la RIC beneficios de la actividad empresarial que este beneficio fiscal pretende sino derivados de la tenencia de un patrimonio inmobiliario.

SEGUNDO

Esta Sala, interpretando el artículo 27.1 de la Ley 19/1994 , ha tenido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR