STSJ Andalucía , 5 de Noviembre de 2001

PonenteANGEL SALAS GALLEGO
ECLIES:TSJAND:2001:15458
Número de Recurso2890/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SEVILLA SENTENCIA Ilmos. Sres.:

D. Antonio Moreno Andrade D. Eduardo Herrero Casanova D. Ángel Salas Gallego En la ciudad de Sevilla, a 5 de Noviembre de 2001.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, integrada por los Magistrados expresados al margen, el presente recurso 2890/97, en el que ha sido parte actora la entidad Banco de Santander S.A., representada por el Procurador Sr. Martínez Retamero, y parte demandada el TRIBUNAL ECONÓMICO- ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado, siendo codemandada la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía, representada y defendida por el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía, de cuantía fijada en 70.394 pesetas.

Se asignó la ponencia al Ilmo. Sr. D. Ángel Salas Gallego, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se impugna el Acuerdo del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Andalucía de 24 de Julio de 1997, dictado en reclamación 41/6044/95 dirigida contra acuerdo confirmatorio de la liquidación T5-1266/94 practicada por la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía, por importe de 70.394 pesetas.

SEGUNDO

La parte actora presentó demanda en tiempo solicitando una sentencia anulatoria del acto recurrido.

El Sr. Abogado del Estado y el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía presentaron en tiempo la contestación de la demanda, solicitando una sentencia desestimatoria de las pretensiones articuladas.

Requeridas las partes para la presentación del escrito de conclusiones, tal y como previene el art 78 de la L.J., evacuaron dicho trámite mediante los escritos que obran unidos a las actuaciones.

Señalado día para la votación y Fallo, se procedió a su deliberación con el resultado que se expone.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tal y como resulta de la resolución del TEARA cuya conformidad a Derecho discute la parte actora, el 21 de Abril de 1993 se otorgó escritura pública que documentaba el ejercicio de la opción de compra de determinada finca urbana por parte de la entidad hoy actora, finca que desde 1988 venía utilizando en régimen de arrendamiento financiero. En la escritura de arrendamiento financiero otorgada por "Bansander de Leasing S.A." a favor de "Banco de Santander S.A. de Crédito" en fecha 8 de Marzo de 1988, estipulación segunda, consta como precio del arriendo el de 42.861.100 pesetas, como precio contrato, y 5.143.320 pesetas, concepto de IVA, por lo que la suma de ambos conceptos asciende a 48.004.420 pesetas, a abonar en sesenta plazos mensuales de la siguiente forma: los veinte primeros, de...

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