STSJ Cataluña 601/2006, 9 de Junio de 2006

PonenteMARIA JESUS EMILIA FERNANDEZ DE BENITO
ECLIES:TSJCAT:2006:6578
Número de Recurso8/2003
Número de Resolución601/2006
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 601/2006

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN

MAGISTRADOS

Dª Mª JESÚS EMILIA FERNÁNDEZ DE BENITO

Dª Mª DEL PILAR GALINDO MORELL

En la ciudad de Barcelona, a nueve de junio de dos mil seis.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 8/2003, interpuesto por D. Carlos , representado por el Procurador D. ALFREDO MARTINEZ SANCHEZ, contra T.E.A.R.C., representado por el ABOGADO DEL ESTADO y contra GENERALITAT DE CATALUNYA representado por el LETRADO DE LA GENERALITAT.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Mª JESÚS EMILIA FERNÁNDEZ DE BENITO, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador D. ALFREDO MARTINEZ SANCHEZ, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho Primero.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, lostrámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente procedimiento la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña de 18 de abril de 2002, recaida en la reclamación núm. 08/4985/01 formulada por D. Carlos contra el acuerdo dictado por la Oficina Liquidadora de Sant Cugat del Vallès en el que se practica liquidación paralela por el concepto de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en relación con la herencia del Sr. Jose Augusto , fallecido el 14 de diciembre de 1998. La cuantía reclamada asciende a 2.187,92 euros.

Con apoyo en lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre , del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en redacción dada por Ley 19/1991, de 6 de junio , la Administración incluye en la base imponible -y el TEARC ratifica tal...

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