STSJ Aragón , 11 de Mayo de 2005

PonenteNATIVIDAD RAPUM GIMENO
ECLIES:TSJAR:2005:1211
Número de Recurso120/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SECCIÓN 4ª)

Recurso n° 120/02 D SENTENCIA Num 554 de 2005 ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE Dª Natividad Rapún Gimeno MAGISTRADOS D. José Emilio Pirla Gómez D. Vicente Goñi Larumbe Recurso: ordinario Cuantía: 15.000 euros En la Ciudad de Zaragoza, a once de mayo de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey. Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (Sección Cuarta) constituida para el examen del presente caso, ha pronunciado la siguiente Sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 120/02 D interpuesto por DON Mauricio Y DON Íñigo representados por el Procurador Sra. Amador y asistidos por el Letrado Sr. Viladés; contra la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN representada y asistida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Se impugna la Orden del Departamento de Cultura y Turismo de 19 de diciembre de 2001 confirmando en vía de recurso resolución de 30 de octubre de 2001 de la Dirección General de Patrimonio Cultural declarando bienes de dominio público de la Comunidad Autónoma las piezas arqueológicas incautadas a los recurrentes.

Ha sido Ponente la Iltma. Sra. Natividad Rapún Gimeno que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se interpuso frente a las resoluciones citadas en el encabezamiento de esta sentencia mediante escrito que tuvo su entrada en la Secretaría de esta Sala el 6 de febrero de 2002.

SEGUNDO

Por Providencia de 28 de febrero de 2002 se dio el adecuado cauce procesal habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites a ellas conferidos de demanda contestación; formulándose por la parte actora la petición de que se dictase sentencia en la que se anulasen las resoluciones impugnadas y se devuelvan todos los bienes incautados...".

El Letrado de la Comunidad Autónoma interesó la desestimación de la demanda.

TERCERO

Practicada la prueba que se estimó pertinente, se señaló para la votación y fallo de este procedimiento la fecha de 9 de mayo de 2005.

CUARTO

Asimismo, por Acuerdo de la Presidencia de 18 de enero de 2005 se constituyó esta sección de refuerzo de la que forma parte la Magistrada Ponente de la presente resolución. En la sustanciación de este pleito, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión controvertida en el presente recurso se contrae a determinar si son conformes a Derecho la Orden del Departamento de Cultura y Turismo de 19 de diciembre de 2001 confirmando en vía de recurso la resolución de 30 de octubre de 2001 de la Dirección General de Patrimonio Cultural declarando bienes de dominio público de la Comunidad Autónoma las piezas arqueológicas incautadas a los recurrentes que se hallan actualmente en el Museo Arqueológico de Zaragoza.

Dichas resoluciones traen causa del expediente tramitado por la Dirección General de Patrimonio de la Diputación General de Aragón en orden a la investigación y reconocimiento como bienes de dominio público de las piezas arqueológicas halladas en el registro practicado en los domicilios de los recurrentes y en la tienda de la que era titular uno de ellos, Don Mauricio , expediente incoado el 18 de junio de 2001 en aplicación de lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio del Gobierno...

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