STSJ Canarias , 14 de Mayo de 2004

PonenteINMACULADA RODRIGUEZ FALCON
ECLIES:TSJICAN:2004:2064
Número de Recurso688/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Ref. R.C.A.688/03 SENTENCIA NUMERO //2004 Iltmos Sres Magistrados D. Cristina Paez Martinez Virel (Presidente)

D. Cesar José García Otero Dª. Inmaculada Rodríguez Falcón En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a catorce de mayo de dos mil cuatro Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº688/03, en el que son partes recurrentes SECAPLAN S.L., representado por la Procuradora doña Carmen Moreno Pérez y asistido por el Letrado y como demandado la Administración General del Estado, asistida por el/la Sr./Sra Abogado/a del Estado, versando sobre sanción y restitución de terrenos de dominio público marítimo terrestre en playas de las Cucharas y Jablillos, término municipal de Teguise, Lanzarote

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 26 de noviembre de 2002 la Dirección General de Costas, desestimo el recurso de alzada formulado contra la Resolución de Demarcación de Costas de Canarias de 24 de enero de 2001 para imponer multa de 8.293, 07 Euros por instalación de hamacas no autorizadas en las playa de las Cucharas(267) y el Jablillo (193), total 460 hamacas, término municipal de Teguise (Lanzarote)

SEGUNDO

Contra la desestimación se presento el presente recurso, y reclamado el expediente administrativo a que se refiere la resolución impugnada, el mismo fue remitido por la Administración. Tras lo cual el actor dedujo la demanda en la que suplico anular y revocar la resolución impugnada y declarar que la Demarcación de Costas debió imponer una sanción de 854, 17 euros.

A lo que contestó la Administración demandada solicitando la desestimación del recurso TERCERO.-- Habiéndose observado en la tramitación de los presentes autos las prescripciones legales y finalizado el periodo probatorio quedaron las actuaciones a la vista con citación de las partes para sentencia, señalándose para votación y fallo el día 14/5/04, siendo ponente la Ilma Sra Magistrado Doña Inmaculada Rodríguez Falcón.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna la Resolución de la Dirección General de Costas que desestima un recurso ordinario contra la resolución de la Demarcación de Costas de Canarias por instalación de hamacas no autorizadas en las playas de las Cucharas y el Jablillo, término municipal de Teguise, Lanzarote.

SEGUNDO

La ley de Costas Ley 22/88 de 28 de julio establece, en consonancia con el art. 132.1 de la Constitución , que los bienes de dominio público marítimo-terrestre definidos en esta Ley son inalienables, imprescriptibles e inembargables, no admitiéndose más derechos que los de uso y aprovechamiento adquiridos de acuerdo con la indicada Ley (art. 7), , no pudiendo existir terrenos de propiedad privada distinta de la demanial del Estado en ninguna de las pertenencias del dominio público marítimo-terrestre, ni aún en el supuesto de terrenos ganados al mar o desecados en su ribera (art. 9).

La Administración del Estado tiene el derecho y deber de investigar la situación de los bienes y derechos que se presuman pertenecientes al dominio público marítimo-terrestre. Se le reconoce la facultad de recuperación posesoria de oficio, en cualquier tiempo, sobre dichos bienes no admitiéndose interdictos contra las resoluciones dictadas por la Administración del Estado en ejercicio de tales competencias-- art. 10 --, contemplándose la utilización del mencionado dominio según requieran o no de obras e instalaciones, precisando en este segundo caso reserva, adscripción, autorización y concesión, sin que pueda invocarse derecho alguno en virtud de usucapión, cualquiera que sea el tiempo transcurrido-- art. 31 --, precisando la ocupación de título habilitante-- art. 32 --.

El presente recurso nos enfrenta con un acto de la Administración Pública en el ejercicio de la potestad de autotutela conservativa que el ordenamiento jurídico le confiere para proteger la situación de los bienes de dominio público, protección que tiene su expresión máxima en...

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