STSJ Galicia , 20 de Abril de 2005

PonenteFERNANDO SEOANE PESQUEIRA
ECLIES:TSJGAL:2005:794
Número de Recurso31/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000031/2004 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la SENTENCIA N° 273/2005 ILMOS. SRS. D. BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ-PTE.

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO En la ciudad de La Coruña, a veinte de abril de de dos mil cinco.

En el recurso contencioso-administrativo PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000031 /2004 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Natalia , representada por el Procurador D. JOSÉ ANTONIO CASTRO BUGALLO y dirigida por el Letrado D. SERGIO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, contra RESOLUCIÓN CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE. Es parte como demandada LA CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, representada y dirigida por el LETRADO XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es 3.005,06 EUROS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, en síntesis contiene los siguientes HECHOS: La recurrente se encontró un perro abandonado en el monte, de edad muy avanzada, y enfermo, al que por lástima recogió, comenzando a tratarlo con un producto para la piel llamado Asuntol 50.- El animal siempre estuvo bien atendido, dejándole en el comedero pienso y sobras para varios días, así como se procedía a la limpieza de las heces en las inmediaciones en dicho momento, el 19 de diciembre de 2002 se formalizó contra la actora denuncia por miembros de la benemérita por las "condiciones en que se encontraba el perro", por tales hechos se llevó al animal al veterinario, quien, dada la avanzada edad del mismo, aconsejó su sacrificio, lo que así se hizo a continuación y a la actora en vista del informe del veterinario se impuso una multa de 3.000 euros.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes y suplica se dicte sentencia declarando que los hechos objeto de denuncia en su día no constituyen ningún tipo de infracción.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Declarado concluso el debate escrito quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Iltmo. Sr. DON FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Doña Natalia impugna en esta vía jurisdiccional la resolución de 31 de octubre de 2003 del Conselleiro de Medio Ambiente desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra otra de 19 de junio de 2003 del Director Xeral de Conservación de la Naturaleza por la que se impuso a la recurrente la sanción de multa de 3.005'06 euros por a comisión de la infracción grave prevista en el articulo 21.1.a de la Ley 1/1993, de 13 de abril , de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad ("El maltrato de los animales que les cause dolor o lesiones").

SEGUNDO

Los hechos que han dado lugar a la incoación del expediente e imposición de la sanción han sido que sobre las 11:30 horas del día 19 de diciembre de -2.002 agentes de la Guardia Civil del Servicio de Protección de la naturaleza (Seprona), cuando prestaban servicio /propio de su especialidad por la zona de Pazos-Hermos-Cenlle (Ourense), observaron en una finca sin vallar, propiedad de la recurrente, un perro de color marrón atado con una cadena e unos cuatro metros de longitud, que presentaba evidentes síntomas de hallarse gravemente enfermo cuales eran: 1º apreciaron que sus ojos estaban recubiertos de un pus amarillento blanquecino muy pegajoso que prácticamente impedía al animal abrir y mover los párpados, 2° apreciaron que en su boca también se encontraba ese pus, y 3º dicho animal presentaba evidentes síntomas de desnutrición, mostrándose prácticamente sin fuerzas y totalmente indiferente a estímulos ajenos, sin ningún tipo de reacción; en toda la zona que le permite recorrer la cadena a la que está amarrado y alrededor del animal se observaron abundantes excrementos, deduciendo por la cantidad de los mismos que no han sido recogidos en varios días, incluso semanas, teniendo una tinaja de metal con restos de pan y agua como único sustento del animal; la propietaria manifestó a los agentes: "O con está morrendo, xa o levarei ó veterinario", diciendo no poseer cartilla sanitaria de identificación del animal ni otro tipo de...

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