STSJ Andalucía , 29 de Enero de 2002

PonenteEUGENIO FRIAS MARTINEZ
ECLIES:TSJAND:2002:1413
Número de Recurso586/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA Recurso número 586/2000 SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Santiago Martínez Vares García Ilmos. Sres. Magistrados Doña María Luisa Alejandre Durán Don Eugenio Frías Martínez En la ciudad de Sevilla, a veintinueve de enero de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 586/2000, interpuesto por D. Rubén representado por el Procurador Sr. Escribano de la Puerta y defendido por Letrado, contra resolución de TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA representado y defendido por el Abogado del Estado. Ha intervenido como parte codemandada la JUNTA DE ANDALUCÍA representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

La cuantía del recurso se fija en 382.237 pesetas (1.696,28 euros).

Es Ponente el Ilmo. Sr. D. Eugenio Frías Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 17 de octubre de 2000 en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso.

SEGUNDO

La Administración demandada y codemandada, una vez conferido el trámite para contestar la demanda, presentaron escrito en el que alegaron los hechos y fundamentos de derecho que estimaron pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

Quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 28 de enero del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se debate en el proceso la conformidad a Derecho de la resolución del TEARA de 24 de febrero de 2000, por la que se desestima la reclamación interpuesta contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra liquidación tributaria practicada por el concepto de Transmisiones Patrimoniales.

SEGUNDO

El recurrente adquirió el 14 de julio de 1988, mediante contrato privado, un piso sito en Puerto Real, no otorgando, en los días siguientes, los vendedores escritura pública, a pesar de ser requeridos notarialmente para hacerlo el día 14 de septiembre de 1988. El 14 de noviembre de 1988 presentó querella por estafa, ante el Juzgado de Instrucción n° 2 de El Puerto de Santa María, dictándose sentencia condenatoria por el Juzgado de lo Penal n° 2 de Cádiz el 26 de marzo de 1992, confirmada posteriormente en apelación. Finalmente el 13 de septiembre de 1995 se elevó a escritura pública el contrato privado. El día 16 de enero de 1997 la Administración notificó la liquidación objeto del recurso.

Sostiene el recurrente que ha prescrito la deuda tributaria por...

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