STSJ Galicia , 22 de Octubre de 2001

PonenteJUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2001:7437
Número de Recurso8295/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03 /0008295 /1997 RECURRENTE: Ricardo ADMON. DEMANDADA: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION PONENTE: D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 878/2001 Iltmos. Sres:

D. FRANCISCO JAVIER D' AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ D. ENRIQUE GARCIA LLOVET En la Ciudad de A Coruña, veintidós de octubre de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0008295 /1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Ricardo , con D. N. I. /C. I. F NUM000 domiciliado en Lodoselo-Sarreaus (Orense), representado y dirigido por el Letrado D/ña. MANUEL IGLESIAS MIMO, contra Orden de 20 -3 -97 desestimatoria de recurso ordinario contra resolución de 27 -6 -95 de la Direc. Gral de Producciones y Mercados Ganaderos sobre cantidad de referencia suplementaria de leche procedente de la Reserva Nacional; Exp. 1848 /97.. Es parte la Administración demandada MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION, representada y dirigida por el D/ña. ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del asunto es indeterminada Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. - Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. - Habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 9 de Octubre de 2001, fecha en que tuvo lugar.

  4. - En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - El presente recurso tiene como objeto determinar si la resolución impugnada es o no conforme con el ordenamiento, interponiéndose el recurso contra la Orden Ministerial dictada con fecha 20 de marzo de 1997 por el Titular del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación, que desestima el recurso ordinario deducido contra la orden de fecha 27 de junio de 1995 dictada en este caso por la Dirección General de Producciones y Mercados Ganaderos.

    Dicha orden parece fundamentarse en que "no se cumple por el recurrente el requisito exigido en el punto 1. d) del art. 3 del R. D. 2230 /94, de 18 de noviembre, al haber transferido la cantidad de referencia de su explotación".

    La demandada Administración General del Estado comparece en el proceso e interesa la desestimación de la demanda por cuanto que tales resoluciones resultan ser conformes a Derecho.

  2. - Evidentemente de entre los motivos que esgrime el recurrente es que el hecho de limitarse por la Administración demandada a confirmar la resolución denegatoria, reconociendo la concurrencia de la circunstancia en principio denegada pero denegando su efecto revisor supone infringir no solo la naturaleza revisora del recurso sino también los principios de legalidad y seguridad jurídica, garantizados por el art. 9.3 de la CE, así como el pleno sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho, art. 103.1, derivando en un acto arbitrario, art. 9.3 y colocando al recurrente en una situación de indefensión con vulneración del art. 24 -1. El plazo a que se alude en la resolución recurrida es un simple plazo de presentación de solicitudes. Si negamos virtualidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR