STSJ La Rioja , 23 de Febrero de 2005
Ponente | JUAN ALBERTO FERNANDEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJLR:2005:582 |
Número de Recurso | 304/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Febrero de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº 218 / 2005 PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA En Pamplona, a veintitrés de febrero de dos mil cinco.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 304/2004, promovido contra el fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Navarra de fecha 26 de abril de 2002 (Ref 31/1203/03), desestimatorio de la reclamación presentada contra la Diligencia de Embargo de la Delegación Estatal de la Administración Tributaria, por impago de sanción de tráfico., siendo en ello partes:
como recurrente Dª Gema , representado por el Procurador Sr. Irigaray Piñeiro y dirigido por el Letrado Sr. Fernandez Delgado; y como demandado LA ADMINISTRACIÓN representada y dirigida por la Abogacía del Estado.
El presente recurso se interpuso el 9 de Julio de 2004 contra la resolución citada en el encabezamiento.
La demanda presentada por la recurrente fue contestada por el Abogado del Estado.
Sin más trámites se señaló para votación y fallo el 22 de febrero de 2005.
Es Ponente el Ilmo. Magistrado D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ.
Las providencias de apremio se intentaron notificar en el domicilio de la recurrente:
- Expediente nº 20/8004969; primer intento el 5 de marzo de 2003 a las 13:00 horas; segundo intento el 7 de marzo de 2003 a las 12:30 horas (folio E-2 y 3).
Luego se publicó mediante edictos en el BO del País Vasco y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Larraun (E- 2/7 y 2/17).
- Expediente nº 20/8004777: primer intento el 5 de marzo de 2003 a las 13 horas y segundo intento el 7 de marzo de 2003 a las 10:30 horas (folio E-2/4).
Luego se publicó mediante edictos en el BO del País Vasco y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Larraun (folios E-2/7 y 2/17).
El recurso se funda en la defectuosa notificación de las providencias de apremio.
Antes de que el artículo 59-2 de la Ley 30/1992 fuese modificado por la Ley 4/1999 , el Tribunal Supremo (sentencias de 18 de marzo y 7 de julio de 1995) y también el Tribunal Constitucional (Sentencia 36/87 de 25...
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