STSJ Asturias , 25 de Julio de 2003

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2003:3665
Número de Recurso881/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución25 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0101245 /2002, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000881/2002 MATERIA: OTROS DCHOS. LABORALES RECURRENTE/s: Trinidad , Edurne RECURRIDO/s: ADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA)

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 002 de OVIEDO DEMANDA 0000970/2001 Sentencia número: 2475/03 Ilmos. Sres.

D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZÁLEZ D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ Dª CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ En OVIEDO a veinticinco de Julio de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0000881/2002, formalizado por el/la Sr./a. Letrado D/Dª. CESAR FERNÁNDEZ RODRIGUEZ, en nombre y representación de Trinidad y Edurne , contra la sentencia de fecha siete de febrero de dos mil dos, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 002 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000970/2001, seguidos a instancia de Trinidad , Edurne frente a ADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA), parte demandada representada por el/la Sr./Sra. LetradoD/Dª. LETRADO DE LA COMUNIDAD, en reclamación de diferencias retributivas, siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha siete de febrero de dos mil dos por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - Las actoras Dña. Trinidad y Dña. Edurne prestan servicios por cuenta y orden del Principado de Asturias en la Casa Infantil de Miraflores, con titulación de diplomadas universitarias y adscritas a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales desde la fecha que cada una de las demandantes hace constar en su demanda.

  2. - Las demandantes ostentan la categoría profesional de educadores, si bien vienen realizando las fundones y tareas que detallan en el hecho segundo de sus demandas y que son sustancialmente las mismas que en su centro de trabajo vienen desempeñando los trabajos que tienen reconocida la categoría profesional de maestro educador.

  3. - La categoría profesional de Maestro Educador viene definida en el Convenio Colectivo vigente de la siguiente manera: "Es el trabajador que en posesión de Título Universitario de grado medio, realiza tareas de carácter educativo, docente si realiza tareas de enseñanza directamente, o no docente si no realiza tales actividades, con la preparación técnica adecuada, que contando con la colaboración de los educandos, interviene y es protagonista de la acción social conducente a modificar determinadas situaciones personales y sociales, con el objeto de normalizar, socializar e integrar al sujeto a través de estrategias educativas y que participa en el proceso educativo del menor, realizando funciones de orientación, programación y organización, transmisión de conocimientos, promoción de actitudes, potenciación de hábitos, coordinación seguimiento y evaluación, ejecución de actividades conforme a unos objetivos educativos previos y realización de las gestiones oportunas para que el personal que le corresponda pueda satisfacer, en el marco de la programación individual del menor, sus necesidades".

  4. - La categoría profesional de Educador viene definida en el Convenio Colectivo vigente de la siguiente manera: "Es el trabajador que, con la preparación técnica adecuada y titulación de formación profesional de segundo grado rama específica, o equivalente, colabora en la formación integral de los residentes asistidos, atendiendo especialmente a los mismos...

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