STSJ Castilla y León , 24 de Septiembre de 2002

PonenteJUAN ANTONIO ALVAREZ ANLLO
ECLIES:TSJCL:2002:4409
Número de Recurso1223/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Social

1 Rec. 1.223/2002 Iltmos. Sres.:

D. José Méndez Holgado Presidente D. Juan Antonio Alvarez Anllo D. Lope del Barrio Gutierrez /

Rec. Núm. 1.223/2002 En Valladolid a veinticuatro de Septiembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 1.223/2002, interpuesto por el MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE (CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO) contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Dos de León, de fecha 22 de Abril de 2.002, (Autos núm. 111/2002), dictada a virtud de demanda promovida por DON Juan Pablo contra el Ministerio recurrente, sobre DERECHOS.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Juan Antonio Alvarez Anllo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 18 de Febrero de 2002 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. Dos de León demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia estimando referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: "Primero.- El actor, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV y Anexo I del Convenio Unico para el personal laboral de la Administración General del Estado (Resolución de 24-11-1998, BOE de 1-12-1998), Acuerdo sobre el sistema de Clasificación Profesional del Convenio Unico para el personal laboral de la Administración del Estado (Resolución de 1-9-2000, BOE de 19-9-2000) y Acuerdo de desarrollo de los "criterios de aplicación del sistema de Clasificación Profesional del Convenio Unico" y de asignación de especialidades (Resolución de 20-9-2001, BOE de 14-11-2001) está actualmente clasificado, dentro del Grupo profesional 4, Area Funcional 2ª "Técnica, de Mantenimiento y Oficios, con la categoría profesional de Técnico de Actividades Técnicas, de Mantenimiento y Oficios.- Segundo.- Solicita su adscripción en el

Grupo Profesional 3, Area Funcional 2ª "Técnica, de mantenimiento y Oficios, con la categoría de Técnico Superior de Actividades Técnicas, de Mantenimiento y Oficios. Asimismo, interesa por diferencias salariales entre el Grupo 3 y el Grupo 4, por el período 1-12-98 a 31-12-01, la cantidad de 3.337,64 Euros, cuyos datos aritméticos no fueron impugnados sin perjuicio de la oposición al fondo del asunto.- Tercero.- el demandante está en posesión del título de Bachiller Superior, presta sus servicios en el Embalse de Riaño destacando su alta especilidad en las funciones encomendadas.- Cuarto.- Adscritos al centro de trabajo Embalse de Riaño hay 11 personas: un Ingeniero Director de Explotación, un Ingeniero Técnico de Explotación, un Técnico Auxiliar, un encargado, un Especialista de Oficio (trabajador demandante), dos Oficiales de 2ª, dos Oficiales de 3ª, un Peón y una Limpiadora. Los tres primeros tienen su puesto de trabajo en las oficinas de la Confederación en León, sin perjuicio de los desplazamientos que realizan semanalmente al Embalse de Riaño, el resto de la plantilla presta servicios en el Embalse. En el citado Embalse, el superior jerárquico es el Encargado de quien dependen, el Especialista de Oficio (trabajador demandante), los Oficiales, el Peón y la Limpiadora, si bien por la especialidad de las funciones que desarrolla el trabajador demandante, su dependencia funcional es directa del Ingeniero técnico de Explotación.- Quinto.- Las tareas que desarrolla el actor se pueden agrupar en tres apartados: Trabajos de Campo y Obras: Uso y manejo de niveles en línea y automáticos, directos e inversos; Croquis; Replanteos de obra; Control y vigilancia de materiales y puesta en obra. Trabajos de Gabinete: Manejo de ordenadores (tratamiento de textos, hoja de cálculo, programa hidrológico para el cálculo y predicción de caudales); Elaboración de planos acotados; Cálculo de libretas de nivelación y taquimétricas; Realización de cálculos planimétricos y volumétricos; Mediciones. Trabajos de auscultación, Conservación y Mantenimiento de la Presa de Riaño: Mantenimiento y conservación de los diferentes aparatos de auscultación; Comprobación y mantenimiento de las estaciones de adquisición de datos: Comprobación y mantenimiento de los paneles, ordenadores, estado de las comunicaciones; Lectura y tratamiento informático de los datos obtenidos en los distintos aparatos de auscultación, de las estaciones meteorológicas, del estado del embalse, caudales desaguados; Nivelaciones de coronación y galerías; Toma de muestras de nieve en la cuenca y cálculo de datos; Lectura de aforos. En el cumplimiento de sus funciones, especialmente en los trabajos de campo y auscultación de la presa, está apoyado por personal (oficiales) a su cargo en la realización del trabajo.- Sexto.- El trabajador demandante presta servicios para la Confederación demandada desde el 1-5-90, ostentando conforme el Convenio Colectivo entonces aplicable, la categoría de Especialista de Oficio. El citado trabajador, de acuerdo con el derogado Convenio Colectivo para el personal laboral del extinguido Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo (Resolución de 13-07- 1990, de la Dirección General de Trabajo BOE nº 172 de 19-07-1990), estaba clasificado dentro del Grupo Profesional 6º (Personal no titulado, Técnico especialista no cualificado de obra, talleres e instalaciones y explotación), con la categoría...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR