STSJ Murcia 649/2004, 28 de Octubre de 2004

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:2004:2004
Número de Recurso1371/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución649/2004
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 649/04 En Murcia, a veintiocho de octubre de dos mil cuatro.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 1371/01, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía inferior a veinticinco millones de pesetas y referido a: derivación de responsabilidad tributaria.

Parte demandante:

D. Luis Andrés , representada por el procurador D. José Miras López y defendida por el letrado D.

Esteban de la Peña Sánchez.

Parte demandada:

La Administración del Estado, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.Acto administrativo impugnado:

Resoluciones del TEARM de 25 de mayo y 25 de junio de 2001 por las que se desestimaban las reclamaciones 51/65/00 y 51/364/00.

Pretensión deducida en la demanda:

Se dicte sentencia en la que estimando el presente recurso contencioso administrativo anule la resolución recurrida y declare no haber lugar a la declaración de responsabilidad por las deudas tributarias de Sovicar S.A., y anule el acuerdo de derivación de responsabilidad tributaria impugnado.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Fernando Castillo Rigabert, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 31 de julio de 2001 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada ha solicitado la desestimación de la demanda por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 15 de octubre de 2004.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En la reclamación 51/65/00, primera de las dos que se impugnan, el TEARM desestima las alegaciones del recurrente entendiendo que es conforme a derecho el acuerdo de 7 de febrero de 2000 en el que la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la AEAT en Cartagena considera que concurren las causas de responsabilidad subsidiaria de los administradores del art. 40.1 de la Ley General Tributaria , en la redacción dada a dicho artículo...

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