STSJ Murcia , 29 de Abril de 2004

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2004:877
Número de Recurso846/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

4 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 846/01 SENTENCIA nº. 264/04 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 264/04 En Murcia a veintinueve de abril de dos mil cuatro.

En el recurso contencioso administrativo nº. 846/01 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 4.127.713 ptas., y referido a: providencia de apremio.

Parte demandante:

D. Juan María , representado por el Procurador Sr. D. Francisco Botía Llamas y defendido por el Abogado D. Ricardo Ruiz Moreno.

Parte demandada:

La Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución de 23 de febrero de 2001 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia que desestima la reclamación económico administrativa 30/32/98 formulada contra el acuerdo de la Dependencia de Recaudación, Unidad de Recaudación de la AEAT, Delegación de Murcia, que desestima el recurso de reposición formulado contra el expediente ejecutivo de apremio seguido en su contra para el cobro de una liquidación girada en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio de 1985, por importe de 1.753.448 ptas., incrementado con los intereses de demora por importe de 809.589 ptas., con una sanción de 876.724 ptas. y con el 20/100 de recargo de apremio, ascendente a 687.952 ptas. (en total 4.127.713 ptas.).

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dice sentencia en la que se anule la resolución recurrida en el sentido de declarar contrario a derecho el recargo del 20/100 de apremio por importe de 687.952 ptas. y la sanción de 876.724 ptas.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 11-5-01 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, si bien ninguna de las partes solicitó la practica de medio alguno.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 23-4-04.

II.-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Dirige el actor el presente recurso contencioso administrativo contra la resolución de 23 de febrero de 2001 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia que desestima la reclamación económico administrativa 30/32/98 formulada contra el acuerdo de la Dependencia de Recaudación, Unidad de Recaudación de la AEAT, Delegación de Murcia, que desestima el recurso de reposición formulado contra el expediente ejecutivo de apremio seguido en su contra para el cobro de una liquidación girada en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio de 1985, por importe de 1.753.448 ptas., incrementado con los...

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