STSJ Murcia , 5 de Septiembre de 2005

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2005:805
Número de Recurso898/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00900/2005 ROLLO Nº: RSU 00898/05 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a cinco de Septiembre de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por doña María Milagros , contra la sentencia número 205/05, del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 13 de Junio, dictada en proceso número 200/05 , sobre Despido, y entablado por doña María Milagros frente a don Nicolás Jara Mira e hijos, S.L. Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1º.- La demandante Dª María Milagros viene trabajando para la empresa demandada Nicolás Jara Mira e Hijos S.L, dedicada a la actividad de la conserva, con categoría profesional de auxiliar fija discontinua y salario diario global, a efectos de indemnización y de tramitación de 50,64 euros .2º.- Las partes, en fecha 4-03-1991, suscribieron contrato de trabajo para trabajos fijos de carácter discontinuo, que obra en autos; con anterioridad a dicha fecha la actora prestó servicios para la demandada en los periodos que figuran en el informe de vida laboral que obra en autos y que se da aquí por reproducida. 3º.-Desde el 4-03-1991 los días trabajados por la demandante en la empresa demandada ascienden a 1.425.4º.-Durante la campaña del año 2003, la actora no acudió al trabajo pese a su llamamiento en los meses de enero, el día 31, febrero, los días, 3, 4, 5, 6, 7, 10, 11,12 y 13; en el mes de abril, los días 2 y 3; en el mes mayo, los días 21 y 22, en el mes de junio los días 18 y 19, en el mes de julio, los días, 21,22, 23, 25, 29,30 y 31; en el mes de agosto, los días 1, 4, 5, 6, 18, 19, 20, 21, 25, 26 y 29; en el mes de septiembre, los días 3, 4, 9,10, 11, 17, 18, 23, 24 y 30; en el mes de noviembre, los días 3, 4, 5, 10,11, 19, 20, 21, 27 y 28; 5º.-La actora el 5-01-2004 entregó a la empresa solicitud de excedencia voluntaria por motivos personales fechada el 2-01- 2004, y sellada por la empresa, impreso que le facilitó la misma.6º.-La empresa demandada en julio de 2004 comunicó a ocho trabajadores la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas previstas en el art. 52 c) del ET .7º.- La actora en agosto de 2004 tuvo conocimiento de los despidos y acudió a la empresa a solicitar la indemnización por despido; en fecha 2-02-2005 la demandante y la trabajadora Dª Amelia remitieron a la empresa burofax solicitando se dejara sin efecto la solicitud de excedencia y su intención de volver al trabajo, cuyo tenor literal es el siguiente: "Por la presente solicitamos que declare deje sin efecto nuestra solicitud de excedencia que Dña. María Milagros y Dña. Amelia que fue presentada con fecha 2/01/04 y fecha de entrada en esta Mercantil 5/01/04. Teniendo en cuenta que hasta la fecha no hemos recibido contestación a nuestra solicitud de excedencia solicitamos que se deje sin efecto pues estas trabajadoras ya no tienen la voluntad de suspender el contrato de trabajo con motivo de excedencia voluntaria. Considérese a todos los efectos este burofax como una solicitud expresa de dar plena vigencia a nuestro contrato de trabajo a partir del día siguiente de la recepción por esta Mercantil de esta nuestra carta".8º.-La empresa mediante carta de fecha 10-02-2005, notificada el día 15-02-2005, notificada el día 15-02-2005, contestó a la actora lo que seguidamente se transcribe:...

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