STSJ Andalucía , 11 de Septiembre de 2001

PonenteEMILIO LEON SOLA
ECLIES:TSJAND:2001:11976
Número de Recurso1030/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Social

F.B. SENTENCIA NÚM. 2521/01 SECCION 1ª

AUTOS NÚM. 383/00 SOCIAL TRES DE JAEN ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a once de septiembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1030/01, interpuesto por D. Carlos Daniel contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de Jaén en fecha 26.1.2001 ha sido ponente el Iltmo. Sr. Don EMILIO LEÓN SOLÁ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta Don Carlos Daniel en reclamación sobre Despido contra DIRECCION000 y DIRECCION001 . y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 26.01-2001, por la que se desestimaba la demanda interpuesta por el actor, declarando la procedencia del despido y, resuelto el contrato de trabajo, sin derecho a indemnización alguna, absolviendo a las demandadas de la acción contra ellas intentadas, sin que tenga el actor derecho a indemnización alguna.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor D. Carlos Daniel , con D.N.I. NUM000 , venia prestando sus servicios para la entidad demandada DIRECCION000 , posteriormente DIRECCION001 . con la categoría profesional de Entrenador de Fútbol, percibiendo un salario mensual bruto 450.000 pts. 2.- Que en 8.5.2000 se notificó al actor carta de despido por las razones que se dicen y detallan en la carta que obra unida a los autos y que se dá aquí por reproducida, y así mismo en 6-6-2000, se entregó al actor ampliación de la carta de despido con las imputaciones que figuran en ella y se dan aquí por reproducida.

  2. - Que el 20-4-2000 el actor criticó al presidente del DIRECCION000 , por lo que se encargó a D. Francisco que al estar fuera el presidente le entregara la carta de cese al actor, quien en ese momento reaccionó contra los directivos y contra D. Jesús Ángel entre "el del dinero"; y asimismo en 4-5-2000, al comunicarle el Sr. Francisco al actor que seguramente iban a pagarle los salarios al viernes siguiente al actor exclamó "El hijo de puta, el del dinero", que es un mafioso y dirigiéndose ya al Sr. Francisco , en ese momento Presidente, le dijo que no era nadie.

  3. - Que D. Jesús Ángel , es socio del DIRECCION000 , y asimismo se hace cargo de gran parte de los gastos del Club de Fútbol.

  4. - Que el 31-5-2000 el actor realizó declaraciones radiofónicas a la cadena ser de Linares, donde manifestó que el presidente es una veleta, y que se iría si se hubiera marchado Blas , que está viendo mala fe desde el principio, criticando y ridiculizando al anterior presidente del Club.

  5. - Que instó papeleta de Conciliación en 18.5.00, celebrándose acto de conciliación sin efecto.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció...

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