STSJ Comunidad Valenciana 1539/2006, 5 de Mayo de 2006

PonenteMANUEL JOSE PONS GIL
ECLIES:TSJCV:2006:2682
Número de Recurso590/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1539/2006
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

5

Rec.c/sent.nº 590/2006

Recurso contra Sentencia núm. 590/2006

Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil

Presidente

Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo

Ilma. Sra. Dª María Montés Cebrian

En Valencia, a cinco de mayo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1539/2006

En el Recurso de Suplicación núm. 590/2006, interpuesto contra la sentencia de fecha 23 de Diciembre de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Uno de Castellón, en los autos núm. 762/05, seguidos sobre Despido nulo, a instancia de Dª Marta, en calidad de afiliada del Sindicato C.G.T.-P.V, asistida del Letrado D. Ismael Blazquez Serrano, contra Servilimp La Plana, S.L, asistida del Letrado D. Esteban Martinavarro Cubertorer y el Ministerio Fiscal y en los que es recurrente la demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 23 de Diciembre de 2005, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por Dª Marta, declaro Nulo el despido de la actora de fecha 8 de septiembre de 2005, condenando a la empresa demandada Servilimp La Plana S.L, a readmitir a la actora, con abono de los salarios dejados de percibir desde tal día, a razón de 25'68 euros diarios".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La demandante Dª Marta, mayor de edad, con permiso de residencia nº NUM000, emigrante de nacionalidad rumana, ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la empresa Servilimp La Plana S.L, dedicada a la actividad de prestación de servicios de limpieza, con antigüedad desde 1 de febrero de 2005, con categoría profesional de peón de limpieza y salario diario de 25'68 euros, con prorrata de pagas extraordinarias. El actor no ha ostentado en la empresa durante el último año cargos de representación unitaria de los trabajadores o sindical. SEGUNDO.- La actora firmó un documento con el siguiente texto (folio 30): "Muy Sres. Míos: Por la presente les comunico que es mi deseo causar baja voluntaria en la empresa a fecha de hoy para que puedan prepararme mi liquidación de haberes. Atentamente, Marta (firma)". Dicho documento carece de fecha impresa, si bien tiene sello de entrada de fecha 8 de septiembre de 2005. TERCERO.- En fecha 12 de septiembre de 2005 D. Paulino, esposo de la actora, firmó el siguiente documento (folio 92): "12 de septiembre 2005 Castellón. Muy señores: por la presente les comunico que pido la baja voluntaria en la empresa con la fecha del 12 de septiembre de 2005 rogándoles preparen mi liquidación de haberes. Gracias. Fdo. Paulino D.N.I. NUM001 (firma)". CUARTO.- El día 8 de septiembre de 2005, la actora se encontraba en estado de gestación de 20 semanas, circunstancia de que tenía conocimiento la empresa. El día 9 de septiembre la actora ingresó en el Hospital General de Castellón, siendo dada de alta el día 15 siguiente, siéndole recomendado reposo absoluto. QUINTO.- Presentada demanda de conciliación ante el SMAC el día 13 de septiembre, éste se celebró el día 3 de octubre con el resultado de sin avenencia. El día 24 de octubre se presentó demanda ante el Decanato de los Juzgados de esta localidad que...

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