STSJ Comunidad de Madrid 960, 31 de Enero de 2006

PonenteMANUEL RUIZ PONTONES
ECLIES:TSJM:2006:960
Número de Recurso3327/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución960
Fecha de Resolución31 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Social

RSU 0003327/2005 T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2 MADRID SENTENCIA: 00129/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2005 0009855, MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003327 /2005 Materia: OTROS DCHOS. LABORALES Recurrente/s: Benito Recurrido/s: DIRECCION000 JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 36 de MADRID de DEMANDA 0000706 /2004 DEMANDA 0000706 /2004 Sentencia número: 129/2006 /T/

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ MANUEL RUIZ PONTONES En MADRID a treinta y uno de enero de dos mil seis, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACIÓN 0003327 /2005, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. LUIS CÓZAR AGUILAR en nombre y representación de DON Benito , contra la sentencia de fecha diecisiete de enero de dos mil cinco, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 036 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0000706 /2004 , seguidos a instancia de Benito frente a DIRECCION000 , parte demandada representada por el/la Sr./Sra.

Letrado D/Dª JAVIER MELÉNDEZ ZOMEÑO, en reclamación por Despido, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MANUEL RUIZ PONTONES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

El actor, D. Benito , en la actualidad presta servicios en la Oficina que la Gerencia del Instituto de la Vivienda de las Fuerzas Armadas (INVIFAS), del Ministerio de Defensa, situada en la calle Marqués de Vastos núm. 11 de Madrid, desde el 29 de noviembre de 1999. Siendo sus labores las que se especifican en el documento núm. 4 del ramo de prueba de la parte actora, que se da por producido a estos solos efectos, y con un horario de 8,30 a 14,30 horas.

La categoría de Ordenanza que tiene el actor la ostenta desde el 11 de marzo de 1994, fecha en la que el Director General de Personal del INVIFAS acuerda el cambio de categoría que hasta ese momento ostentaba, y que era la de subalterno 2°. Habiendo suscrito el 18 de marzo de 1988 un contrato con el antiguo Patronato de Casas Militares, para prestar servicios con la categoría laboral de especialista albañil del grupo obrero, por tiempo indefinido.

SEGUNDO

Además, desde el 26 de noviembre de 1991, el actor ha venido sacando los cubos de basura, sobre las 8 de la tarde, de las viviendas militares sitas en la C/

DIRECCION000 de Madrid, y percibiendo por ello la suma de 222 euros mensuales.

Comenzando a realizar dicha tarea, según el mismo manifestó en juicio, porque se lo dijo un antiguo portero de dicha vivienda, llamado Félix, que se jubiló en el año 2001. Habiendo percibido la última retribución el 28 de junio de 2004.

TERCERO

La finca urbana sita en la C/ DIRECCION000 de Madrid, ha venido siendo íntegramente propiedad del Ministerio de Defensa. Siendo el INVIFAS el encargado, entre otras funciones de adjudicar las viviendas militares en régimen de arrendamiento, mantener, conservar y gestionar dichas viviendas, y proponer la cuantía del CANON..etc ( Ley 26/1999 de 9 de julio ).

CUARTO

Con fecha 16 de junio de 2004 se constituyó la Benito de Madrid, al haberse vendido por el INVIFAS parte de las viviendas integrantes de dicha finca a los usuarios de las mismas. Conservando este organismo una cuota de participación del 40,11 (documento 7 del ramo de prueba de la Comunidad de Propietarios demandada).

QUINTO

Con fecha 17 de junio de 2004, DIRECCION000 de Madrid, suscribió un contrato con la empresa de limpiezas RIDO, para el mantenimiento y limpieza de dicha Comunidad de Propietarios, y en el que se hacía constar que se encargaría de la recogida de basuras hasta la contratación de Conserje (documento núm. 8 al 12, ambos inclusive, del ramo de prueba de la Comunidad de Propietarios demandada).

SEXTO

Con fecha 8 de julio de 2004, el actor envió a la DIRECCION000 de Madrid, un burofax con el siguiente contenido:

"ASUNTO: (COMUNICACIÓN DESPIDO).

-Por la presente les comunico, que habiendo mantenido las días 28 y 30 de junio de 2004, conversación con el presidente de esa comunidad, en la cual me comunica que no voy a continuar recogiendo las basuras de los rellanos y el traslado de los cubos...

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