STSJ Comunidad de Madrid 1288, 13 de Febrero de 2006

PonenteMANUEL POVES ROJAS
ECLIES:TSJM:2006:1288
Número de Recurso5353/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1288
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Social

RSU 0005353/2005 T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.6 MADRID SENTENCIA: 00098/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6 MADRID C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27 Tfno. : 91.493.19.67 N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001 40126 ROLLO Nº: RSU 5353-05 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: DESPIDO .

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 13 de , MADRID Autos de Origen: DEMANDA 280/05 RECURRENTE/S: Germán RECURRIDO/S: ULTRASERVICES SERVICIOS INTEGRALES, S.L.

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID En MADRID a trece de febrero de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de

MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON MANUEL POVES ROJAS, Dº BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº

En el recurso de suplicación nº 5353-05 interpuesto por el Letrado ANA MARIA PECHARROMAN PEREZ en nombre y representación de Germán , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 13 de los de MADRID, de fecha 13 DE JUNIO DE 2005 , ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. MANUEL POVES ROJAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 280/05 del Juzgado de lo Social nº 13 de los de Madrid, se presentó demanda por Germán contra, ULTRASERVICES SERVICIOS INTEGRALES, S.L. en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 13 DE JUNIO DE 2005 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Desestimando la demanda interpuesta por D. Germán frente a la empresa ULTRASERVICES SERVICIOS INTEGRALES, S.L., debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos formulados en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "1º).- El actor, D. Germán , ha prestado sus servicios por cuenta de la empresa Ultraservices Servicios Integrales, S.A., con una antigüedad del 21.01.05, categoría profesional de limpiador, y con un salario mensual de 950,34 Euros sin prorrata de pagas extraordinarias, y de 1.076,62 Euros con ella. 2º).- La prestación de servicios se inició en virtud de un contrato de trabajo para obra o servicio determinado a tiempo parcial (5 horas al día), contrato en el que se pactó que "en caso de IT quedará interrumpido el periodo de prueba". 3º).- Del 27 al 29 de enero de 2005 el actor permaneció en situación de baja médica. 4º).- La empresa abonó al actor la cantidad bruta de 318,28 euros en concepto de salario del mes de enero de 2005 (11 días). 5º).- El 15.2.05 el actor sufrió una caída por escaleras de la que recibió asistencia sanitaria en el Hospital Universitario 12 de Octubre.

  1. ).- Del 16.2.05 al 07.04.05 permaneció en situación de IT por contingencias profesionales.

  2. ).- A partir del 15.2.05 la empresa se puso en contacto telefónico en distintas ocasiones con el actor para comunicarle la finalización del contrato de trabajo por no superación del periodo de prueba e indicarle que pasase por la empresa para que firmase el recibo de saldo y finiquito y abonarle la cantidad pendiente de pago. El actor se negó a pasar por la empresa. Esas llamadas telefónicas se realizaron entre el 15 y el 20 de febrero. A finales de febrero el actor llamó por teléfono al Administrador de la Comunidad de Propietarios para decirle que la empresa le "había despedido". 8º).- El 23.02.05 la empresa dio de baja en la Seguridad Social al actor. 9º).- El 14.03.05 el actor presentó papeleta ante el SMAC,...

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