STSJ Cataluña , 30 de Marzo de 2000
Ponente | EMILIO DE COSSIO BLANCO |
ECLI | ES:TSJCAT:2000:4446 |
Número de Recurso | 5415/1999 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2000 |
Emisor | Sala de lo Social |
Rollo núm. 5415/1999 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL gg ILMO. SR. D. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA ILMO. SR. D. EMILIO DE COSSIO BLANCO ILMA. SRA. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY En Barcelona a 30 de marzo de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.
citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 3088/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por D. Eusebio frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº19 Barcelona de fecha 15 de marzo de 1999 dictada en el procedimiento nº 1253/1998 y siendo recurrido FOGASA. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. EMILIO DE COSSIO BLANCO.
Con fecha 26 de noviembre de 1998 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre FOGASA, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 15 de marzo de 1999 que contenía el siguiente Fallo:
"Que desestimando la demanda planteada por D. Eusebio debo absolver y absuelvo de la misma al F.G.S."
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"Primero.- D. Eusebio , con DNI nº NUM000 , prestaba servicios para Instalacions Expert S.L. desde el 7.8.95 como oficial 1ª a virtud de contrato temporal al amparo del RD 2546/94 con duración prevista hasta el 5.3.97 con un salario mensual de 187.686 ptas con inclusión de la prorrata de pagas extras.
El 13.1.97 la empresa cerró sus puertas, por cuyo motivo el actor promovió ante el CMAC el 28.1.97, conciliación por despido, manifestando en la papeleta que la empresa había dejado de satisfacerle la nómina de diciembre, la paga extra de tal mes, las dietas y gastos de locomoción desde noviembre de 1996 y la liquidación de partes proporcionales de pagas extras y vacaciones y los salarios hasta la finalización de su contrato el 5.3.97, considerando que todo ello ascendía a 1.093.058 ptas, más la indemnización por despido, que estaban en 563.058 ptas.
El 18.2.97 se celebró conciliación ante el CMAC con avenencia respecto de Instalaciones Expert S.L., la cuál reconoció la improcedencia del despido con efectos desde tal fecha y se comprometía a pagar en concepto de indemnización por despido y liquidación de partes proporcionales la cantidad total de 1.100.000 ptas, poniéndose como fecha de pago el 25.2.97.
Se hacía constar en el acta que el solicitante había presentado un escrito de ampliación de demanda el 30.1.97 contra el administrador de la empresa, de cuya reclamación desistió el trabajador en conciliación.
El 28.2.97 el actor presentó demanda judicial en reclamación de las 1.100.000 ptas que se le habían reconocido y no abonado al término previsto, la cual fué repartida al Juzgado nº 5.
Inició actuaciones en materia ejecutiva las cuales finalizaron el 13.1.98 con auto de insolvencia legal provisional.
El actor solicitó del FGS el 12.2.98 el pago de los salarios de tramitación, últimos 30 días de salario e indemnización, dictándose resolución el 20.3.98 que denegaba la pretensión del actor por no venir reconocidas las cantidades reclamadas en sentencia o resolución administrativa sino en acto de conciliación.
En fecha...
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